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ESTUDIOS

 

ACTUACION DE LOS ABOGADOS EN LOS PROCEDIMIENTOS MATRIMONIALES
LAWYERS'S ACTION IN MARITAL PROCESSES

 

Dra. Trinidad BERNAL SAMPER

Directora Centro de Resolución de Conflictos APSIDE

 

 

NOTA: Este trabajo es parte de la Tesis Doctoral de la autora y se presentó en el 23rd Internacional Congress of Applied Psychology.


RESUMEN

PALABRAS CLAVE

ABSTRACT

KEY WORD

INTRODUCCIÓN

METODO

- Selección de la Muestra

- Descripción de los instrumentos

- Tratamiento de los datos

RESULTADOS

Datos de los procedimientos realizados por los abogados

Datos de los abogados

Estrategia usada por los abogados para la tramitación amistosa

Características de los abogados y resultados de los procedimientos

Estrategias y procedimientos

Experiencia de los abogados y resultados de los procedimientos

Experiencia de los abogados y actitud ante la vía consensual

Opinión de los abogados sobre los psicólogos

RESUMEN Y CONCLUSIONES

REFERENCIAS

 


RESUMEN

Este trabajo forma parte de una investigación más amplía sobre la forma de intervenir los psicólogos y abogados en los procedimientos matrimoniales para luego proponer una alternativa novedosa de intervención, que modifica el rol de ambos profesionales.

Aquí se describe el estilo de trabajo de 71 abogados de 56 despachos profesionales a través de 1.009 casos de separación y divorcio realizados durante un período de tiempo Mediante la observación de esta intervención podemos apreciar su actitud ante el uso de la vía legal consensual así como su opinión hacia la colaboración del psicólogo en estos temas. Finalmente los datos de este estudio nos indican, por un lado, el uso frecuente del procedimiento contencioso para resolver legalmente estos temas de familia y su desventaja respecto a la vía legal amistosa y, por otro, la poca consistencia de los acuerdos conseguidos en este grupo de estudio.

PALABRAS CLAVE: Procedimientos matrimoniales. Familia.

 

ABSTRACT

This paper is a part of a larger research project on the performance of psychologists and lawyers during marriage proceedings. Then it puts forward a new intervention alternative to the way lawyers and psychologists are currently dealing with marriage problems. This alternative tries to modify the roles of both professionals.

The working style of 71 lawyers and 56 offices are analyzed in this paper, which describes 1.009 separation and divorce records collected during a period of time. By means of observing their intervention style we can appreciate their attitude towards using the mechanism of legal agreement, as well as their opinions about the cooperation between lawyers and psychologists in matters of marriage proceedings. Finally, the results of this study show, on the one hand, the common use of litigious proceedings to legally solve family matters and their disadvantage as compared to friendly legal proceedings. On the other hand, the results of the search underline the lack of robustness of the agreements reached within our study group.

 

KEY WORDS: Marriage proceedings. Family.

 

INTRODUCCION

Este estudio describe, en primer lugar, la forma de trabajar los abogados en los procedimientos de separación y divorcio y su opinión acerca del uso de la tramitación amistosa y del rol que el psicólogo juega en este contexto social.

Un repaso a la casuística de separaciones y divorcios nos indica que, en general, los conflictos familiares se resuelven en un contexto legal contencioso (Grossman, 1985) que, si bien puede ser un buen método para dilucidar conflictos sobre la propiedad o cuestiones criminales, no lo es para resolver los conflictos familiares, donde los componentes afectivos y emocionales son centrales y movilizan las relaciones interpersonales (Duquette, 1978). El procedimiento contencioso incita a la lucha entre ambas partes y no consigue solucionar los problemas que las parejas tienen planteados, repercutiendo de forma negativa en todos los miembros del núcleo familiar (Eitzen, 1985; lrving, 1980; Kressel y Pruitt, 1985; Ryan, 1985).

En general, el abogado está formado para resolver las diferencias por vía judicial, y no sólo como forma de ganarse la vida, sino como óptica a través de la cuál contempla el mundo (McCormack, 1988). En el enfrentamiento entre dos partes, el abogado actúa a favor de una de ellas y está obligado a proteger los derechos e intereses de su cliente dentro del marco de referencia que la ley proporciona. Esto quiere decir que la conducta del abogado no puede explicarse sin hacer referencia a las características del procedimiento en el que actúa; si se trata de un procedimiento contencioso, los abogados de ambas partes investigan y preparan el caso para que su cliente lleve la mejor parte y a la vez pueda defenderse de los ataques del otro. El objetivo principal en estos pleitos es hacer lo que la ley permita para vencer al contrario (Dillehay, 1989). En los procedimientos de familia ambos miembros de la pareja pasan a ser partes enfrentadas y los hijos pueden resultar dañados en este enfrentamiento ya que el procedimiento contencioso incita a la lucha y no consigue solucionar los problemas que la pareja tiene planteados, repercutiendo de forma negativa en todos los miembros del núcleo familiar (Bernal, 1992a; Eitzen. 1985: lrving, 1980: Ryan, 1985).

Enfocar los conflictos de 'intereses desde una posición de no enfrentamiento, sino desde la posibilidad de una negociación, es otra forma en la que pueden actuar los abogados, conduciendo a los clientes hacia una opción mutuamente aceptable (Pruitt et al., 1983) y posibilitando así la vía amistosa (Dillehay, 1989). Sin embargo, una negociación encaminada exclusivamente a conseguir el acuerdo no es útil ya que la habilidad del negociador puede estar influyendo en la solución final y las partes no se encuentran comprometidas en la toma de decisión por lo que los acuerdos conseguidos no se mantienen (Bernal, 1995a).

Este primer objetivo de describir la forma de trabajar del abogado nos abre el camino para plantear el segundo objetivo de este estudio, que es encontrar apoyo empírico a las siguientes hipótesis:

  • El procedimiento contencioso es el más usado por los abogados para solucionar los problemas de ruptura.
  • El uso del procedimiento consensual es más ventajoso que el del procedimiento contencioso, puesto que es más breve y menos costoso.
  • La experiencia del abogado, su actitud positiva hacia el uso de la vía amistosa y hacia la colaboración con el psicólogo, ayudan a conseguir más tramitaciones amistosas.
  • Los acuerdos conseguidos a través de la negociación utilizada por estos abogados no se mantienen con el paso del tiempo.

 

METODO

- Selección de la Muestra

El grupo está compuesto por 56 despachos de abogados que ejercen en derecho matrimonial. El número de profesionales que colaboran en este estudio son 71, incluidos en la lista del Colegio de Abogados ejercientes en Madrid. El número de casos llevados por estos profesionales durante un año son 1.009 casos de separaciones y divorcios.

La selección de estos profesionales se hizo por orden alfabético de sus apellidos, mediante una llamada telefónica. Las dificultades encontradas para localizar a estos profesionales nos indujo a realizar, previamente, los siguientes pasos:

  1. Se averiguó que muchos abogados tienen las consultas por las tardes, utilizando las mañanas para acudir a juicios y demás ocupaciones. La hora de comenzar su actividad por la tarde oscilaba entre las 4 y las 6, y la finalización de la consulta variaba de 7 a 9. Por ello se fijó un horario medio para las llamadas, de 5 a 8 de la tarde.
  2. De la lista de Colegiados se señalaron todos aquellos profesionales que tenían una «D» después del nombre y que significaba «Despacho profesional», para garantizar que se llamaba a la consulta y que por lo tanto ejercían.
  3. Se eliminaron a todos aquellos profesionales que tuvieran «D» pero que el despacho correspondía a otra ciudad o a la provincia de Madrid, quedándonos sólo con los de Madrid capital. Siendo el número total de estos despachos de 3.401.
  4. Se introdujeron en el ordenador todos los nombres de los profesionales con despacho en Madrid capital, detectando mediante las direcciones aquellos que se referían a un mismo despacho, eliminando las repeticiones y evitando así llamar más de una vez al mismo despacho; quedaron 2.181 despachos.

Las llamadas se realizaron siguiendo la lista de colegiados, con las salvedades antes mencionadas y saltándose las que comunicaban. Cuando se terminaba con una letra alfabética se repetía la llamada en aquellos que estaban comunicando, aunque no se insistía si en esta segunda ocasión seguía comunicando.

La llamada telefónica consistía en: 1) Preguntar por el profesional que figuraba en la guía; 2) Pasar, a través de la secretaría, a conversar con el profesional en cuestión; 3) Informar al profesional sobre: a) La persona que habla, datos de identificación, profesional..., b) El objeto de la llamada de forma breve, y c) Preguntar si llevan o no temas matrimoniales.

Si la respuesta es no, la conversación se da por finalizada, agradeciéndose la atención dispensada. Si la respuesta es que sí llevan asuntos matrimoniales en el despacho, se añade la siguiente información: «para llevar a cabo la investigación mencionada necesitaríamos la colaboración de profesionales como Vd. que se dediquen a estos temas y puedan contestar un cuestionario anónimo sobre los casos llevados en un período de un año en su despacho, así como otro cuestionario de actitud para cada uno de los profesionales que trabajan en el despacho estos temas». Se le indica que se les mandará por correo y se agradece su participación y la importancia de la misma. La llamada, tal y como se ha relatado, oscilaba entre 5 y 20 minutos. A veces se prolongaba la duración de la misma si el abogado pedía explicaciones sobre el trabajo en cuestión, o incluso enlazaba con temas de su trabajo o problemáticas en las que se ha encontrado. A continuación se tomaba nota sobre si colaboraban o no y el número de profesionales que trabajaban en el tema.

 

- Descripción de los instrumentos

Se confeccionaron dos cuestionarios. El primero de ellos recoge información sobre los casos llevados por los abogados y que comprende: datos sociodemográficos de las parejas separadas; quién demanda el servicio; acuerdo inicial en la pareja y acuerdo final alcanzado en las negociaciones, incumplimientos ocurridos, tanto de los que lo tramitaron por vía amistosa como contenciosa; y coste y duración de los procedimientos. El segundo cuestionario recoge información sobre tres tipos de datos: a) sociodemográficos de los abogados que llevan estos casos; b) sistema de trabajo utilizado para conseguir poner de acuerdo a la pareja; y c) datos de opinión de estos profesionales sobre su actitud favorable o no a utilizar preferentemente el procedimiento amistoso en estos temas de familia, y opinión respecto a los psicólogos para que intervengan en estos casos.

El objetivo de este último cuestionario es ver cómo la idea que los abogados tienen sobre cómo resolver legalmente los temas matrimoniales está condicionada por la opinión que estos profesionales tienen sobre la ruptura y la actuación del psicólogo en estos temas. Pensamos que las opiniones más a favor del uso del procedimiento consensual y de la participación del psicólogo como mediador, así como el uso de estrategias más cooperativas, encaminadas a conseguir poner de acuerdo a la pareja, favorecerían el uso de la vía amistosa y disminuían los incumplimientos en esta vía.

 

- Tratamiento de los datos

Las respuestas de los 56 despachos sobre los 1.009 casos llevados (cuestionario n.º 1) y las de los 71 abogados en materia de opinión (cuestionario n.02) fueron analizados con un paquete estadístico (el SPSS/PC+). En primer lugar, se procedió a un recuento de frecuencias y porcentajes que nos servirán para un primer análisis descriptivo de los datos aportados. En segundo lugar, pensamos que los años de ejercicio de la profesión podría ser una variable que indicaría diferencias en cuanto a la forma de trabajar los abogados en los temas matrimoniales, su actitud ante los mismos así como en los resultados obtenidos de su intervención en estos procedimientos. Por ello se fijaron tres grupos de abogados según su experiencia profesional, medida en años de ejercicio de la profesión: 1) 6 años o menos; 2) 7-12 años; 3) 13 o más años. Se obtuvieron las medias de las variables por grupos y se fueron comparando. Para comprobar si las diferencias eran significativas se aplicaron diferentes técnicas estadísticas que iremos señalando al indicar las variables y los resultados de las comparaciones.

En tercer lugar, también tuvimos en cuenta la experiencia de los profesionales abogados, por el número de casos tramitados en el período de un año, pensando, que obtendríamos una medida más fina que la de los años de experiencia profesional. Para ello, obtuvimos la mediana de los casos tramitados en cada uno de los 56 despachos y que se sitúa en 16, y dividimos a los profesionales en dos grupos:

a) Expertos, los que han llevado más de 16 casos de separación o divorcio en el año en que se sitúa el estudio

b) Menos expertos, los abogados que han llevado menos de 16 casos en el citado tiempo.

En cuarto lugar, establecimos dos grupos más, en función del acuerdo o desacuerdo mostrado por los abogados, en cuanto a la utilización de la vía consensual como la más adecuada para la resolución de los temas matrimoniales. Para ello dividimos las respuestas de los abogados a la pregunta 4 del cuestionario n.º 2, en dos apartados:

a) Favorable, que comprende las respuestas que indicaban un acuerdo total o parcial con el uso del procedimiento consensual.

b) Menos favorable, recogiendo aquellas respuestas que indicaban un ligero y neutral desacuerdo con el uso del citado procedimiento. 

En quinto lugar, analizamos una serie de variables en función de la combinación de las dos variables anteriores (3 y 4), obteniendo cuatro grupos de abogados.

a) Abogados expertos que se muestran favorables con la utilización de la vía consensual.

b) Abogados expertos que están menos de acuerdo con el uso de esta vía

c) Abogados menos expertos favorables a la vía consensual.

d) Abogados menos expertos y menos de acuerdo con el uso de dicha vía legal. 

En sexto lugar, consideramos de interés analizar cualitativamente las razones dadas por los abogados, a la pregunta de si consideran que la intervención del psicólogo ayuda a resolver este tipo de asuntos. El objeto de este análisis, es constatar cómo los abogados tienen una serie de creencias respecto al profesional psicólogo, y también sobre los procedimientos usados en estos temas, que están en relación con su forma de actuar en estos asuntos de Familia. Con este fin, y tras una lectura detenida, de las razones dadas por los abogados, para considerar o no la intervención del psicólogo en esta materia, pasamos a codificar, las respuestas afirmativas y negativas, eligiendo como unidad de registro el tema, es decir, la significación de las opiniones de los abogados al responder a esta pregunta.

 

RESULTADOS

Datos de los procedimientos realizados por los abogados

El número de casos matrimoniales llevados en estos 56 despachos de abogados es de 1.009. La edad media de las parejas es de 38 años, llevan juntos 8 años de media y tiene 2 hijos de media. Del total de las parejas, el 70% no están de acuerdo inicialmente en la decisión de separarse. El 30% restante sí presenta un acuerdo inicial en esta toma de decisión, lo que posibilita la utilización de la vía consensual o amistosa para resolver su situación legal, siempre y cuando consigan acuerdos en todos los puntos del Convenio Regulador. Sin embargo, estos porcentajes mencionados se refieren a la postura de las parejas antes de iniciar el procedimiento legal; ambos porcentajes se modifican cuando el procedimiento está ya concluido, alcanzando un 42% las parejas que tramitan su procedimiento por vía amistosa y un 58% las que lo inician por vía contenciosa. (GRAFICO 1 y 1 BIS)

En cuanto a la duración de ambos tipos de procedimientos, los que se llevan por mutuo acuerdo se resuelven en un tiempo que oscila entre 3-4 meses, mientras que aquellos que se tramitan por vía contenciosa tardan unos dos años en resolver su situación legal. Asimismo, la diferencia en cuanto al coste de ambos tipos de procedimientos es elevada, ya que la media es de 150.000 pts. en los que se resolvieron mediante el procedimiento consensual, y de 300.000 pts. en aquellos que lo hicieron a través de una vía contenciosa. Si a esto añadimos que este segundo tipo de procedimiento necesita representación legal distinta para cada miembro de la pareja, la cuantía se duplica. (GRAFICOS 2, 3, 4 Y 5).

Del total de los casos tramitados por vía consensual o amistosa, el 40,61 % incumplieron los acuerdos plasmados en el Convenio Regulador por ellos mismos. Esto nos indica que, aunque algunos abogados consigan poner de acuerdo a la pareja y tramitar el procedimiento por vía amistosa, éstos acuerdos no son reales, ya que no se mantienen y un miembro de la pareja denuncia el incumplimiento del otro. De los casos que se tramitaron siguiendo una vía legal contenciosa, el 39,62% incumplieron la resolución tomada por el Juez. Este tipo de incumplimientos nos interesa menos, ya que no se trata de incumplir acuerdos de la pareja, sino decisiones tomadas por el juez. Si ponemos en relación los porcentajes de incumplimientos con acuerdo (40,61 %) y sin acuerdo (39,62%) obtenemos una diferencia de proporciones no significativa (z = 0.32; p>0.05). Estos datos apoyan la idea de que, el grado de incumplimiento no mejora en la vía amistosa sobre la contenciosa, y nosotros creemos que la razón es que el acuerdo conseguido no es real. (GRAFICO 6)

 

Datos de los abogados

La media de edad de estos 71 abogados se sitúa en 35 años, correspondiendo el 70,4% a hombres. La gran mayoría de estos profesionales llevan otros temas legales además de los matrimoniales (97,2%) y la media en años de experiencia como abogado se sitúa en 1 1,5 años, mientras que la adquirida como abogado matrimonialista es algo menor, de 9,6 años por término medio. Esto es lógico, ya que los abogados empiezan a trabajar de forma general, y después se van especializando en temáticas concretas. De este grupo de profesionales el 75% muestra acuerdo en que estos temas matrimoniales deberían tramitarse por vía consensual o amistosa. (GRAFICOS 7, 8,9 y 10), (GRAFICO 11)

De entre las estrategias más utilizadas, y que han dado como resultado tramitar el procedimiento por vía consensual, es la de ponerse en contacto con el abogado de la otra parte, siendo usada por el 70,4% de estos profesionales. La segunda estrategia utilizada es la de ponerse en contacto con la otra parte de la pareja, usada por el 53,5% de estos profesionales. La estrategia de poner de acuerdo a los interesados es usada por el 1 6,9% de los abogados; dejar que la otra parte tenga la iniciativa sólo la utilizan el 7% y ningún abogado se sirve del psicólogo para conseguir la vía amistosa.

 

Estrategia usada por los abogados para la tramitación amistosa

(GRAFICA 13)

Preguntados los abogados sobre su opinión respecto a la colaboración del psicólogo en la resolución de los procedimientos matrimoniales, las respuestas de los 71 abogados se dividen casi por igual entre los que tienen opiniones positivas y negativas (49% y 51 %).

Entre las razones dadas por los abogados que opinan a favor de la colaboración del psicólogo en los procedimientos matrimoniales, tenemos que el 55% de los abogados piensan que en los temas matrimoniales los problemas emocionales son prioritarios y el psicólogo intervendría para ayudar a resolver estos problemas. Podríamos decir que para ellos el papel asignado al psicólogo es el de psicoterapeuta. El 26% de los abogados tiene la idea del psicólogo como una persona objetiva que trata de aunar posturas enfrentadas; aquí el papel asignado es más el de mediador. El resto (19%) creen que el psicólogo ayudaría al juez en su toma de decisión sobre el tema de los hijos cuando los padres se separan. (GRAFICAS 14 y 15)

Las razones dadas por los abogados que están en desacuerdo con la colaboración del psicólogo se presenta en la Tabla siguiente. El 65,6% opina que la intervención del psicólogo es improcedente ya que la base de estos temas es legal y económica por lo que la competencia es exclusiva de los abogados. El 31,6% cree que el trabajo del psicólogo consiste en hacer que la pareja esté junta por lo que en los asuntos matrimoniales no sería oportuna su intervención al estar encaminados a separarse. El porcentaje restante, que es solamente 1 caso (2,8%) no ha pensado en la intervención del psicólogo.

Las respuestas n.º 1 del grupo de abogados favorables a la colaboración del psicólogo, y las respuestas n.º 2 de los desfavorables, indican un mismo concepto del psicólogo: El psicólogo, como terapeuta y cuyo cometido es consolidar los lazos de unión de la pareja. Las posiciones realmente enfrentadas serían las respuestas 2 y 3 de los que están a favor de la colaboración del psicólogo (la labor del psicólogo interviniendo en el procedimiento) y las respuestas n.º 1 de los que opinan que no a la colaboración del psicólogo (es un tema legal, exclusivamente, y el psicólogo no debe intervenir).

 

Características de los abogados y resultados de los procedimientos

La proporción media de acuerdos finales conseguidos asciende cuanto más años de experiencia tienen los profesionales que llevan los casos, aunque esta diferencia no es significativa (Tabla I), Asimismo, la proporción media de incumplimientos realizados es menor entre los abogados con más experiencia en derecho matrimonial, aunque esta diferencia no es significativa. (TABLA I).

Con respecto a la opinión, favorable o no, que los abogados tienen de la colaboración del psicólogo en estos temas (Tabla II), tenemos que la proporción media de acuerdos finales es mayor entre los abogados que son favorables a la colaboración del psicólogo. Estos abogados también presentan una proporción media de incumplimientos con acuerdo menor que los abogados con opinión desfavorable a dicha colaboración, siendo esta diferencia estadísticamente significativa [t(69)=2.55; p<.0051. Esta mayor proporción de acuerdos finales, en el grupo de abogados favorables a la colaboración del psicólogo, junto con una menor proporción de incumplimientos, nos indica que estos abogados entienden los temas de familia desde una perspectiva no exclusivamente legal, donde el objetivo es ganar el procedimiento, e intentan orientar a sus clientes a la vía amistosa. (TABLA II).

Los abogados que no están de acuerdo en resolver los temas matrimoniales por la vía amistosa (Tabla III), tienen en promedio, una proporción de acuerdos iniciales mayor, que los que opinan más a favor de la utilización de dicha vía legal, aunque lo que verdaderamente importa es la proporción de acuerdos conseguidos finalmente, y esta es mayor, entre los abogados que tienen una opinión más favorable, respecto a la tramitación consensual, como vía para resolver estos temas, El aumento de la proporción media de acuerdos, presentado por el grupo de abogados en desacuerdo con la vía amistosa, es poco relevante, ya que se trata de sólo dos casos. Respecto a la proporción media de los incumplimientos, no se observan elementos que resulten interesantes de comentar, ya que la posición favorable o no del abogado a la vía amistosa, no parece tener un mayor o menor nivel de incumplimiento. (TABLA III).

La duración promedio de los procedimientos realizados de mutuo acuerdo (Tabla IV) es menor entre los abogados partidarios de que los temas matrimoniales se lleven por vía amistosa, que entre aquellos cuya opinión es contraria a esta forma de tramitarlos, esta diferencia resultó estadísticamente significativa mediante la prueba de KRUSKAL WALLIS (H=7.02; p<0.05). La actitud positiva de los abogados hacia la tramitación amistosa, condiciona el estilo de trabajo de estos profesionales, resolviendo los conflictos con mayor rapidez. Esto no ocurre cuando los procedimientos se tramitan por vía contenciosa, ya que este tipo de procedimiento sigue una dinámica propia, y su duración varía, en función de las demandas y contrademandas que la pareja plantee. (TABLA IV).

 

Estrategias y procedimientos

Los abogados que utilizan el ponerse de acuerdo con el abogado contrario, consiguen una media proporcional de acuerdos finales menor, que los que no la utilizan, mientras que, los abogados que utilizan el ponerse en contacto con la otra parte, y los que ponen de acuerdo a los interesados, consiguen una proporción de acuerdos finales mayor, que los abogados que no utilizan estas tácticas.(Tabla 5 y 6)

Los abogados que utilizan el ponerse en contacto con el otro abogado y los que dejan la iniciativa a la parte contraria, presentan una proporción menor de incumplimientos por vía amistosa, mientras que los abogados que utilizan la táctica de poner de acuerdo a los dos miembros de la pareja, presentan una proporción mayor de incumplimientos de los propios acuerdos, una vez que ha concluido el trámite legal. Esto nos indica, que si en un principio, el poner de acuerdo a los interesados aumenta la probabilidad de las tramitaciones amistosas, estas negociaciones, no están realizadas de forma efectiva para que se mantengan los acuerdos.

 

Experiencia de los abogados y resultados de los procedimientos

En cuanto a la división realizada con el grupo de abogados: expertos (más de 16 casos al año) y menos expertos (menos de 16 casos al año), tenemos que el porcentaje de divorcios llevados por ambos grupos de profesionales, expertos (41,4%) y menos expertos (34,5%), indica que los expertos llevan más divorcios que los menos expertos, y esta diferencia de proporciones es estadísticamente significativa (z=2.12; p<.05). También existe diferencia significativa entre ambos grupos de profesionales, en lo que respecta al acuerdo final que muestran las parejas que acuden a separarse o divorciarse [t (69) = 2.31; p<0.05], siendo el grupo de expertos el que presenta un mayor porcentaje de acuerdos finales (45,7% en comparación con el 35,1 % de los menos expertos). Este mayor porcentaje de acuerdos finales de los expertos, indica que acuden más a la vía amistosa. En relación al número de incumplimientos una vez se ha resuelto la vía legal de forma amistosa, el grupo de expertos presenta una proporción media de incumplimientos menor que los menos expertos aunque esta diferencia no es significativa [t(69)-=.65; p>0.051, (TABLA VII) (GRAFICAS 16, 17 y 18).

 

Experiencia de los abogados y actitud ante la vía consensual

Los resultados obtenidos (Tabla VIII), al clasificar los sujetos en cuatro grupos de profesionales, expertos-menos expertos, y con actitud favorable-no favorable, en cuanto a la utilización de la vía amistosa para resolver estos temas y compararlos con las tácticas usadas por ellos para conseguir el acuerdo son:

grupos abogados (TABLA VIII) AE/A = Abogado experto favorable a vía amistosa.

AE/NA = Abogado experto en desacuerdo con la vía amistosa.

ANE/A = Abogado menos experto favorable a vía amistosa.

ANE/NA = Abogado menos experto en desacuerdo con la vía amistosa.

El grupo de profesionales expertos que se muestran de acuerdo con la utilización de la vía consensual utilizan generalmente como táctica el ponerse de acuerdo con el abogado de la otra parte (74,1 %), en segundo lugar, utilizan el contactar con la otra parte interesada (55,6%); en tercer lugar, ponen, directamente de acuerdo, a los miembros de la pareja (14,8%), y, por último, dicen haber conseguido el acuerdo, gracias a la iniciativa de la otra parte (3,7%). En ningún caso, este grupo, se ha servido del psicólogo, para conseguir el acuerdo, aunque el 55,6% opina que la intervención de este profesional, ayudaría a resolver de forma adecuada estos temas matrimoniales.

Los profesionales expertos pero en desacuerdo con la utilización de la vía amistosa, dicen haber conseguido el acuerdo mediante el contacto con el otro abogado (87,5); poniéndose de acuerdo con la otra parte (37,5%), y en un 25%, han conseguido tramitar los procedimientos, por vía consensual, gracias a la iniciativa de la otra parte y el 1 2,5% de los acuerdos finales, lo consiguieron poniendo a los interesados de acuerdo. En este grupo, tampoco hay ningún abogado que haya utilizado al psicólogo como forma de conseguir acuerdos, aunque un 62,5% considera que este tipo de intervención psicológica ayudaría a resolver de mejor forma estos temas.

En cuanto al grupo de abogados menos expertos, y con opinión favorable a la utilización de la vía amistosa, para solucionar este tipo de procedimientos, tenemos que el 65,5%, consigue tramitar estos asuntos por vía amistosa, poniéndose de acuerdo con la parte contraria; en segundo lugar, lo consiguen en el 58,6%, contactando con el abogado contrario; en un 24,1 % han puesto a las partes de acuerdo; y sólo en el 6,9% se ha conseguido por iniciativa de la otra parte. Como ocurre en los grupos anteriores, ningún abogado se sirve del psicólogo, para alcanzar los acuerdos, aunque el 51,7% opina, que este tipo de colaboración podría ser útil.

El cuarto, y último grupo de abogados menos expertos y con opinión en desacuerdo, con la utilización de la vía consensual, tenemos que el 85,7% de los acuerdos lo consiguen al contactar con el abogado contrario; el 14,3% lo consiguen, contactando con la otra parte, y en ninguna ocasión, ponen de acuerdo a los interesados. De igual manera que en los grupos anteriores, ninguno de estos profesionales han utilizado al psicólogo para poder resolver legalmente el trámite por vía consensual, y esta actuación, se corresponde con su opinión, respecto a la intervención de este profesional, ya que el 1 00% de los abogados de este grupo opina que no es útil.

De las proporciones medias obtenidas de relacionar los cuatro grupos de abogados anteriores, con las tácticas usadas por ellos, para conseguir tramitar los procedimientos por vía amistosa, podemos destacar, que los abogados no expertos, que están en desacuerdo con la vía amistosa, utilizan menos la táctica de comunicarse con la otra parte, que los que están de acuerdo, siendo esta diferencia significativa (z=2.448283; p<.01). También la utilizan menos que los expertos que están de acuerdo en la vía amistosa, siendo significativa esta diferencia (z=1.949427; p<.05). El grupo de abogados expertos, utiliza menos la táctica de esperar a que la otra parte tenga la iniciativa, cuanto más de acuerdo está en la vía amistosa, siendo esta diferencia significativa (z=1.889859; p<.05). (GRAFICAS 19, 20 y 21).

 

Opinión de los abogados sobre los psicólogos

En relación a la opinión que los abogados tienen, respecto a la colaboración del psicólogo, tenemos que el grupo de profesionales menos expertos y en desacuerdo con la tramitación amistosa, no consideran útil dicha colaboración, en contraste con el grupo de expertos en desacuerdo con la vía amistosa, siendo esta diferencia significativa (z=2.561 738; p<.01). Según esto, los abogados que han llevado más casos matrimoniales, aunque no estén a favor de la vía amistosa, consideran la intervención del psicólogo más útil que los abogados que, sin estar tampoco a favor de la vía amistosa, cuentan con una menor experiencia. Quizás esta diferencia pueda explicarse porque la mayor experiencia con este tipo de problemática les induzca a pensar que podría resultar interesante una colaboración psicológica, aunque no está muy claro a qué tipo de intervención psicológica se refieren. Entre los abogados menos expertos, los que están a favor de la vía amistosa presentan una opinión más favorable a la colaboración psicológica que los que no lo están, resultando esta diferencia significativa (z=2.491364; p<.01). Los abogados expertos a favor de la vía amistosa, también consideran más útil la colaboración del psicólogo, que los abogados menos expertos y en desacuerdo con dicha tramitación amistosa, siendo esta diferencia significativa (z=2.638004; p<.01).(GRAFICAS 22, 23, 24)

 

RESUMEN Y CONCLUSIONES

Tomando como escenario la actuación de los abogados en los 1.009 procedimientos matrimoniales realizados, hemos podido ir dando apoyo empírico a las hipótesis planteadas en nuestro estudio. El procedimiento más utilizado por este grupo de profesionales para resolver estos temas de familia es el contencioso que presente grandes desventajas respecto al consensual o amistoso (mayor coste y duración). El procedimiento contencioso se basa en un sistema de enfrentamiento que obliga a la pareja y a los hijos a permanecer innecesariamente en una situación conflictiva por lo que su uso, además de un mayor coste económico, supone un mayor coste emocional para todo el núcleo familiar (Bernal, 1992a).

El 60% de abogados que ha intervenido en estos procedimientos considera que la vía amistosa es útil para resolver los problemas de familia, poniéndose en contacto con el abogado de la otra parte con el fin de conseguir que su cliente se beneficie de este tipo de tramitación, y en ningún caso los abogados dicen haberlo logrado con la intervención del psicólogo, pese a considerar, el 50% de estos profesionales, que una colaboración psicológica ayudaría a resolver los conflictos de pareja. Esta discrepancia observada, entre la opinión de los abogados con respecto al psicólogo y su no utilización como colaborador, nos muestra que el psicólogo es percibido, por los abogados, como un psicoterapeuta, con funciones tradicionales de ayudar emocionalmente a las parejas, pero no como colaborador en el mundo jurídico. Esto queda de manifiesto, tanto por los abogados que muestran una opinión positiva hacia el psicólogo, como por los que la tienen negativa.

Ciertas características (experiencia profesional) y opiniones favorables de estos profesionales al uso de la vía amistosa y a la intervención psicológica en los problemas de pareja, parecen condicionar el estilo de actuación de estos profesionales, eligiendo tácticas más conciliadoras que ayudan a conseguir tramitar más procedimientos por vía consensual Sin embargo, el que los abogados con estas características no consigan mantener los acuerdos así como la no distinción de los dos tipos de incumplimientos, tanto los que van contra el mandato judicial (procedimiento contencioso), como los que violan los acuerdos alcanzados por la pareja, a través de sus abogados respectivos, nos induce a pensar que estos últimos no son verdaderos acuerdos y que pueden deberse más al convencimiento de abogados expertos y favorables a la vía amistosa que a un compromiso asumido por las partes.

Después de estas consideraciones quisiéramos indicar que nuestras hipótesis han encontrado apoyo empírico con los resultados obtenidos:

1. El procedimiento contencioso es el más usado por este grupo de profesionales, para resolver los procedimientos de separación y divorcio.

2. El procedimiento consensual o amistoso presenta ventajas respecto al contencioso, se resuelve en un menor tiempo y resulta menos costoso que el contencioso.

3. La experiencia profesional, una actitud favorable a que los problemas de pareja se resuelvan pacíficamente y una actuación negociadora, aumenta la probabilidad de que se use el procedimiento consensual o amistoso.

4. Aunque se consigue tramitar el 42% de los casos por vía amistosa, los acuerdos alcanzados por la pareja, a través de sus abogados, se incumplen en un 40% de estos procedimientos.

Este estudio nos muestra cómo los abogados actúan a la hora de resolver los conflictos familiares y el marco natural donde estos conflictos se desenvuelven, que es de carácter conflictivo. Los abogados intervienen a este contexto judicial guiados por una formación tendente a defender a su cliente, incitándole a que luche por sus intereses, sin tener en cuenta que el contrincante es la pareja y que los hijos ocupan un lugar central entre la batalla que ambos padres mantienen.

Nosotros pensamos que si bien la experiencia profesional y una postura conciliadora son características que favorecen la consecución de acuerdos que permitan el uso de un procedimiento

amistoso no es suficiente y hace falta una actuación mediadora, donde los profesionales dejen paso a los verdaderos protagonistas, la pareja, para que ésta resuelva sus problemas y alcance acuerdos consensuados que se mantengan con el paso del tiempo (Bernal, 1992a, 1993, 1995b). El contenido de los desacuerdos en todo el proceso de ruptura indica la existencia de dos aspectos indisolubles: aspectos emocionales y efectivos del fin de la relación marital y los acuerdos parentales, legales y económicos unidos a la decisión de separación o divorcio. Esto nos hace pensar que la ruptura no es exclusivamente un asunto legal y que, por lo tanto, en su resolución debe tenerse en cuenta ambos aspectos. El trabajo interdisciplinar entre psicólogo y abogado, actuando ambos como mediadores, ofrece un contexto adecuado fuera del ámbito judicial para que la pareja decida cómo regular su vida futura y la de sus hijos (Bernal, 1992a, 1992b, 1995a, 1995b).

 

REFERENCIAS