RINCON DE PROBLEMAS

El psicólogo como profesional sanitario

 

M.ª Luz IBAÑEZ INDURRIA (*)

 

RESUMEN

El artículo muestra cómo, el modelo de salud que propugna la ley General de Sanidad, considera la Psicología Clínica, como profesión sanitaria, aunque por el momento, esta consideración no se corresponde con los desarrollos legales que nos calificarían como personal sanitario con plenitud de derecho.

ABSTRACT 

The current work indicates how the actual health model proposed by the General Sanitary Low onsiders Clinical Psychology as a health profession, although of present, such regard has not achivieved the legal growth that would entitle them as health professionals with full rights.

PALABRAS CLAVE

Ley de Sanidad. Psicología Clínica.

KEY WORDS

Sanitary Low. Clinical Psychology.


(*) Vocal Psicología Clínica y de la Salud. Colegio Oficial de Psicólogos. Delegación de Madrid.


Parecía obligado, que, en el primer número de una revista como la que hoy presentamos, diéramos un reposo a las cuestiones más candentes que preocupa a los psicólogos que trabajamos en el campo de la Salud.

Sin embargo, mientras repasaba documentos y datos, no he podido evitar tener una cierta sensación de asombro por tener que insistir sobre lo obvio de un cierto cansancio por no poder dejar e hacerlo.

Pero entremos en materia. Hay cuatro cuestiones que podemos considerar básicas, para el futuro y el status profesional de los psicólogos en España. Son:

- El reconocimiento de la Psicología como profesión sanitaria.

- La oficialización del PIR, como sistema para la formación de especialistas en Psicología Clínica en la red pública.

- La plena homologación de derecho de los psicólogos especialistas con los restantes especialistas de la salud.

- Los títulos de especialidad (Psicología Clínica entre otros) de tercer ciclo, garantía de una oferta más diversificado que intente cubrir el conjunto de necesidades sociales.

Estos temas están íntimamente ligados entre sí de modo que los avances o retrocesos que se dan con respecto a cualquiera de ellos influyen en el logro de los demás.

Voy a centrarme hoy en el primero de los puntos: el reconocimiento de la psicología como profesión sanitaria. El hecho de tener que justificar que los psicólogos que intervienen en los procesos de salud-enfermedad con su bagaje teórico y técnico, son sanitarios, parece a simple vista una "perogrullada". Sólo se puede entender esta cuestión mientras, desde visiones ya históricamente superados que apuntan a la separación cuerpo-mente, biológico-psicológico que han determinado la segregación social (y sanitaria del enfermo mental) y la fragmentación organicista del cuerpo en la que lo psicológico era sistemáticamente negado.

Otras disciplinas, como la Psiquiatría, que también se aplican sobre el mismo cuerpo, han sufrido esta marginación, si bien su entronque con la Medicina les ha permitido otros procesos.

No es necesario reseñar cómo la OMS incluye lo psicológico en sus definiciones de salud y a los psicólogos como técnicos con capacidad para intervenir en estos procesos, basta recordar que en el programa "Salud para todos en el 2000", para la Región de Europa, la Psicología es importante para el logro de al menos la mitad de los 38 objetivos que marca el programa y crucial para 10 ó 12.

La definición de ¿quién?, según la cual consideramos la Psicología Clínica como una especialidad de la Psicología que se ocupa de la conducta humana y los fenómenos psicológicos de la vertiente salud-enfermedad del campo de la salud mental, en los diversos aspectos de estudio, explicación, promoción, prevención, evaluación, tratamiento psicológico y rehabilitación, entendiendo la salud en su aceptación integral; y cubriendo los distintos niveles de estudio e intervención: individualidad, de pareja, familiar, grupal, comunitaria y esto en relación al nivel especializado de los Servicios de Salud Mental, sitúa a los psicólogos inequívocamente en el campo de la salud y más específicamente aún en el de la salud mental.

Esta consideración de la Psicología Clínica está avalado por un amplio consenso, no sólo entre los psicólogos, sino también por la Asociación Española de Neuropsiquiatría, las consejerías de varios comunidades autónomas, la Comisión interterritorial para el Seguimiento de Psiquiatría que en diversas ocasiones han pedido y apoyado la regulación de la especialidad y la implantación del sistema PIR.

Pero todavía podríamos ir más allá y decir que lo ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril, en su artículo 20, dicta la inclusión de la salud mental en el sistema sanitario general y la total equiparación del enfermo mental a los demás personas que requieran los servicios sanitarios.

El apartado 4 de este artículo amplia el sentido de lo anterior diciendo que los Servicios de Salud Mental deben atender los aspectos de prevención primaria y la atención a los problemas psicosociales que acompañan a la pérdida de salud.

Asimismo el artículo 18.8, incluye actuaciones de promoción y mejora de la salud mental.

El informe de la Comisión Ministerial para la Reforma Psiquiátrica, anterior a la Ley General de Sanidad, ya proponía este cambio y aunque pesa en todo el documento una monopolización psiquiátrica de la salud mental, se recoge en él la inclusión de los psicólogos en los equipos especializados y la necesidad de la regulación de la formación postgraduado (PIR).

Siendo esta línea de desarrollo, el Insalud, que es la institución que a nivel estatal debía concretar las acciones de salud que se derivaran de la ley General de Sanidad, cuando da las "Normas de funcionamiento de las Unidades de Salud Mental", incluye al psicólogo en los equipos, ajusta sus funciones a las prestaciones asistenciales, de promoción, prevención y coordinación, y las de docencia e investigación que designa la ley General de Sanidad. Estas funciones son perfectamente comparables, en cuanto al objetivo y al campo de trabajo, que las que se asignan a psiquiatra y ATS, que tienen la consideración incuestionable de profesiones sanitarias. Ellos sí, nosotros, al parecer, no.

Hay, además, varias preguntas al Gobierno sobre el tema, las que éste contesta afirmativamente, innumerables cartas, etcétera.

Pero cuando el Ministerio tiene que regular y transformar en una situación de Derecho los cambios de los que tanto habla, nos encontramos con que en el Anteproyecto de ley de Estatuto-Marco de Personal del Sistema Nacional de Salud, que es el documento que ha de establecer las normas básicas reguladoras del personal de todos los servicios de salud, no se recoge el reconocimiento del psicólogo como personal sanitario con plenitud de derecho y a todos los efectos.

Además, como la futura ley debe establecer las escalas y subgrupos de clasificación del personal, fijar los criterios para la existencia de especialidades y para la elaboración de plantillas, así como crear la carrera profesional del personal sanitario, resulta de una enorme trascendencia negativo para nosotros, esa ubicación que se da a los psicólogos como no sanitarios. El Ministerio no da ninguna explicación sobre cómo ha llegado a ese criterio, ni ha hecho al Colegio de Psicólogos ninguna consulta a pesar de nuestros ofrecimientos en ese sentido.

La otra pieza clave para nuestro pleno reconocimiento profesional, es la creación de la especialidad de Psicología Clínica y la regulación del sistema idóneo de formación. No me voy a extender en todos los pormenores por los que ha atravesado el PIR y la especialidad que son suficientemente conocidas. Pero sí hay que decir que en el borrador del Real Decreto de Especialidades Médicas y Sanitarias de licenciados no Médicos, o como preferíamos llamarlo: Decreto de Especialidades en Ciencias de la Salud, no consta explícitamente la Psicología Clínica.

Según explicaciones que nos han dado representantes del Ministerio de Sanidad, ello no se debe a ningún conflicto identificable, sino al complejo trámite de consultas y acuerdos, previos a la inclusión de una especialidad nueva. No puede dejar de sorprendernos esta .1 complejidad" y nos preguntamos qué proceso habrán seguido con nuestros colegas biólogos o químicos para que ya estén incluidos en el borrador de especialidades y ya tengan convocatorias BIR o QIR. Ellos han debido caminar por el atajo, y a nosotros nos ha tocado la "larga marcha".

Sin embargo, mientras llega lo que realmente solucionaría nuestros problemas, van pasando cosas que nos permiten mantener un cierto optimismo. Así, creo que todos los psicólogos del Estado nos debemos felicitar por el Decreto de mayo pasado, en el que la Consejería de Presidencia y Administración Pública de la Comunidad Autónomo de Galicia, creo sus escalas de personal sanitario. En el Decreto queda explicitado que los psicólogos forman parte del cuerpo facultativo superior, escala sanitaria de atención primaria y especializada, subescala de atención especializada.

Y no sólo se debate nuestra problemática en el terreno de los decretos y los anteproyectos, la cuestión de si los psicólogos somos sanitarios y somos especialistas, está siendo enjuiciada en los Tribunales de Justicia. El primer dato favorable es la sentencia que emitió el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en noviembre del 89, que basándose en la consideración de que la Psicología Clínica es una profesión sanitaria, reconoció a los psicólogos el derecho a obtener la exención fiscal del IVA. La sentencia se fundamentaba en que lo "proyección de la profesión de psicólogo sobre el ámbito de la salud mental aparece contemplado en los diferentes ámbitos del ordenamiento jurídico", y cita con especial relevancia la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en su Titulo IV, dedicado a la regulación de las "actividades privadas" que en el artículo 88 contempla el derecho al libre ejercicio de los profesionales sanitarios. Basándose en el artículo 20, sobre todo, y en el 18.8 de la misma Ley, justifican el Tribunal básico, que la Psicología Clínica responde a la noción de actividad sanitaria.

Aunque la sentencia ha sido objeto de recurso ante el Tribunal Supremo, si éste llegara a confirmarla, marcaría un importantísimo precedente jurisprudencial.

Por otro lado, en julio pasado, la Fiscalía General del Estado pidió al Colegio Oficial de Psicólogos un dictamen en relación a si el título de psicología capacita para diagnosticar trastornos mentales que no tengan una base orgánica. Si en dicho dictamen, caso de ser posible, se puede apreciar una situación de grave riesgo psicológico para una mujer gestante y si en base a los informes emitidos por los psicólogos puede un médico-psiquiatra, integrado en el mismo equipo, emitir un diagnóstico preciso, sobre la necesidad de interrumpir el embarazo aún faltando la relación directo con el paciente.

Para emitir su dictamen el COP solicitó que diversas personalidades del mundo académico, de las administraciones autónomas y las asociaciones científicas, información sobre el asunto consultado. Todos estos informes fueron afirmativos y, basándose en ellos, el Decano del COP envió su respuesta a la Fiscalía. Desde luego, está por ver cómo se resuelve finalmente el tema, pero el mero hecho de que exista la consulta es positivo.

No hay que olvidar, finalmente, otro argumento que nos avala y nos apoya en el camino que conduce a nuestro pleno reconocimiento profesional, me refiero a la práctica cotidiana de tantos psicólogos que, trabajando en el sector público o en el privado, en hospitales o en gabinetes, demuestran a la sociedad y a los poderes públicos su capacidad y su eficacia para intervenir como especialistas, junto a otros, en el campo de la salud.

Estos son momentos históricos para la Psicología Clínica: todavía hablamos de borradores y de anteproyectos. Si alguno de estas leyes que hemos comentado llegara a promulgarse sin legitimar que la Psicología Clínica es una especialidad más entre las ciencias de la salud y que es una profesión sanitaria habríamos perdido una oportunidad histórica, cuyos efectos negativos quién sabe cuándo podríamos remontar.

REFERENCIAS