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RINCON DE PROBLEMAS

 

La prescripción de tratamientos psicofarmacológicos por parte del psicólogo clínico
The prescription of psychopharmacological treatments by clinical psychologists

 

Juan Carlos SANZ DE LA TORRE (*) y Mercedes PEREZ RIOS (**)

 


RESUMEN

ABSTRACT

PALABRAS CLAVE

KEY WORDS

1. INTRODUCCION

2. LOS LIMITES EN LA PRACTICA DE LA PSICOLOGIA CLINICA

3. CONFLICTOS INTER E INTRAPROFESIONALES

4. FORMACION

REFERENCIAS


RESUMEN

En el presente trabajo se analizan los repercusiones relativas o una posible autorización para la prescripción de psicofármacos por parte de psicólogos clínicos. Primeramente, se aborda una reflexión sobre los límites de la praxis psicológica y los tratamientos biológicos en base a un modelo integrativo de Salud Mental y sus posibles consecuencias en el plano asistencial. También se discuten los problemas inter e intraprofesionales que la medida podría suscitar. Por último, se apuntan las bases de una formación especializada que asegure una correcta utilización de esta técnica terapéutico.

ABSTRACT

The repercussions of o possible prescription privileges of psychopharmacological treatments for clinical psychologists are discussed in this paper. first, a reflection is made about the limits of psychological practice and the biological treatment on the basis of an integrative model of mental health, as well as its possible repercussions in the psychological care. Likewise, inter and intraprofesional struggles that this measure could raise are discussed. The bases for a specialized training that can assure the right use of this therapeutic technique are suggested finally.

PALABRAS CLAVE

Prescripción de tratamientos psicofarmacológicos. Límites de la praxis psicológica.

KEY WORDS

Prescription of psychopharmacological treatments. Limits of psychological practice.


(*) Hospital Psiquiátrico Provincial de Mérida. Servicio de Psicología. 06800 Mérida (Badajoz). España.
(**) Centro Base de Badajoz. Instituto Nacional de Servicios Sociales.


1. INTRODUCCION

Un tema de candente actualidad en el área del ejercicio profesional de la psicología clínica en Estados Unidos, gira en torno a la conveniencia de prescribir sustancias psicoactivos por parte de psicólogos. Según una encuesta publicada recientemente en APA Monitor, de un total de 1.505 asociados entrevistados, el 68% apoyaban rotundamente una legislación favorable a la prescripción de sustancias psicoactivas por psicólogos previamente formados a tal efecto (Youngstrom, 1991). Sin embargo en España, el citado tópico no parece haber despertado el interés que merece, en función de sus implicaciones para el futuro de nuestra práctica profesional.

2. LOS LIMITES EN LA PRACTICA DE LA PSICOLOGIA CLINICA

Las actuales conceptualizaciones integradoras en torno a la Salud Mental propuestas por la OMS y de la psicología científica en particular, se alejan obviamente de las concepciones dualistas trasnochadas relativas al binomio mente-cuerpo. Por tanto, una intervención psicoterapéutica polarizada exclusivamente en el plano psico-ambiental, que desconsidera el substrato biológico del comportamiento, resulta un reduccionismo empobrecedor. No podemos seguir viviendo de espaldas al importante avance experimentado por las neurociencias en el transcurso de los últimos años, al que por cierto, también han contribuido numerosos psicólogos desde el área de la investigación básica.

Por otra parte, las intervenciones en la dimensión física del paciente practicadas por psicólogos, son una realidad en el momento presente, recordemos los tratamientos mediante biofeedback, detectores de humedad para el control de la Enuresis, terapias bioenergéticas, masaje terapéutico, etc. En base a esta perspectiva, los tratamientos psicofarmacológicos pueden considerarse como una lógica extensión del armamentorium terapéutico de la psicología (Barron, 1989).

En cuanto a las repercusiones relativas a los beneficios para la salud de la población asistida, muchos psicólogos clínicos hemos considerado más de una vez, la conveniencia de aplicar tratamiento psicofarmacológico en el caso de ciertos pacientes psicóticos con sintomatología productiva, agitados, pacientes afectos de intensas crisis de pánico, insomnio y de otras muchas condiciones psicopatológicas. Sin menoscabo de la importancia fundamental de los tratamientos puramente psicológicos como eje de la intervención, debemos reconocer que el tratamiento coadyuvante con psicofármacos, aunque a nivel sintomático, puede facilitar el abordaje posterior mediante una intervención psicológica más profundo y duradera. Asimismo si el profesional no está legalmente capacitado para prescribir psicofármacos, también se ve privado de autoridad para poder retirárselos al paciente en caso de que los considere innecesarios o incluso nocivos (Fox, 1988).

Podría argumentarse que el esquema operativo del equipo multiprofesional en Salud Mental, hace innecesario la prescripción de psicofármacos a los psicólogos. Nuestra experiencia sin embargo, no apoya el citado argumento. En primer lugar, no todos los psicólogos desarrollan su trabajo junto a especialistas en psiquiatría (por cierto, escasos en algunas provincias españolas), teniendo que derivar a sus pacientes para que reciban tratamiento psicofarmacológico, con la consiguiente pérdida de tiempo, sufrimiento y peligro para el paciente. Por otra parte, los médicos generales, carecen habitualmente de conocimientos y práctica suficiente en los tratamientos psicofarmacológicos, que en ciertos casos, se ven obligados a administrar sin una base psicológica y psicopatológica que dé sentido a su intervención. Además de lo expuesto, la prohibición de prescripción somete al psicólogo a un papel de dependencia en relación al médico, pues si este último no comparte su opinión sobre la terapéutica de elección, puede obstruir el tratamiento y poner en cuestión el vínculo terapéutico.

 

3. CONFLICTOS INTER E INTRAPROFESIONALES

La posibilidad de prescribir psicofármacos por parte de psicólogos clínicos como todo cambio, es esperable que suscite importantes "resistencias" dentro de la propia comunidad profesional y en algunos miembros del colectivo médico (Fox, 1989).

En el primer caso, la prescripción puede ser vivenciada como una amenaza a su identidad profesional, con el peligro de convertirse en una especie de ''mini-psiquiatras''. A nuestro juicio, la posibilidad de prescripción, no tiene por qué implicar necesariamente una crisis epistemológica en una ciencia suficientemente madura como ya es la psicología, ni mucho menos una adscripción al modelo médico tradicional (Jansen, 1988). Es cierto que existe el peligro de sucumbir a una práctico más cómodo y económicamente lucrativo basada en la dispensación indiscriminada y compulsiva de psicofármacos, pero la limitación de la libertad de elección (tipo "Ley seca"), no parece ser la solución idónea para este modo de corrupción. Pensamos que la formación, responsabilidad profesional y estricta observancia de un código deontológico actualizado al respecto, son mejor garantía. La incorporación de la psicofarmacología al arsenal terapéutico del psicólogo, puede constituir en cambio, un elemento enriquecedor para una praxis integradora en base a un modelo de Salud Mental de índole multimodal: bio-psicosocial, acorde con los actuales planteamientos al respecto.

Otro posible argumento a esgrimir en contra de la prescripción de psicofármacos -por psicólogos, viene dado por la esperable oposición de un amplio sector del colectivo médico y especialmente de los psiquiatras (Fox, 1989). En nuestra opinión, tales argumentos carecen de consistencia científica y tan sólo podrían fundamentarse en intereses de tipo económico vinculados a la rentabilidad de sus consultas privadas y a posiciones corporativistas monopolizadoras desde todo punto incompatibles con los planteamientos del equipo multiprofesional en Salud Mental. Por último, consideramos inadmisible la idea de que sea otro colectivo profesional el que marque las directrices de su evolución al de los profesionales de la psicología.

4. FORMACION

Hay que puntualizar, que la incorporación de los tratamientos psicofarmacológicos a la práctica de la psicología clínica, no puede hacerse de un modo alocado e indiscriminado. Lógicamente, hay que instaurar previamente unas vías de formación que preparen a los psicólogos de forma satisfactorio en materias neurobiológicas, psicofarmacológicas, efectos secundarios, etc. De modo que la correcta utilización de estos fármacos psicoactivos quede garantizado. Esta formación consideramos que debería realizarse a un nivel de postgraduado, incorporado en los planes formativos de especialización en psicología clínica y selectiva para aquellos profesionales que aspirasen voluntariamente a obtener su certificación.

 

REFERENCIAS

Barron, J. (1989): Prescription Rights: Pro and Con. Should psychologist seek the same responsibilities as psychiatrists? The Psychotherapy Bulletin. 24:22-24.

Fox, R. (1988): Prescription Privileges: Their implications for the Practice of Psychology. Psychotherapy. 25:501-507.

Fox, R. (1989): Some Practical and legal Objections to Prescription Privileges for Psychologist. Psychotherapy in Private Practice. 6:23-30.

Jansen, M., y Barron, J. (1988): Introduction and Overview: Psychologist' Use of Physical Interventions. Psychotherapy. 25:487-491.

Youngstrom, N. (1991): Membership poll supports prescribing. APA Monitor. 22:20.