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ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD

CIE-10. Trastornos mentales y del comportamiento. Descripciones clínicas y pautas para el diagnostico

Madrid: Meditor Edicion española de la OMS, 1992.

Uno de los principales objetivos y de las permanentes preocupaciones que ha afectado de lleno tanto a la medicina como a la psicología en sus respectivas áreas de salud mental ha sido la de tratar de establecer una clasificación diagnóstica relativamente estable que diese cuenta de una variopinta lista de enfermedades mentales. Esto ha sido o lo largo de sus dilatadas historias una de los principales caballos de batalla. El alcance de este problema no puede observarse en toda su dimensión si no tuviésemos en cuenta la enorme dificultad que entraña seleccionar los criterios diagnósticos en los que se basa dicha clasificación. Estos criterios deben ser lo suficientemente amplios para dar cuenta, al menos, de dos aspectos estrechamente relacionados. Por un lado, deben ser capaces de asimilar lo que ya se conoce sobre las enfermedades mentales y de lo que con cierta probabilidad será conocido a corto plazo acerca de esas y de otras nuevas enfermedades. Por otro, los criterios diagnósticos deben ser refrendados por la mayoría de los expertos de la materia en todo el mundo. Estos dos aspectos se han tenido en cuenta en esta décima revisión de la Clasificación Internacional de las Enfermedades (CIE- 10).

Desde el punto de vista de la investigación, varios tipos de criterios diagnósticos han influido de manera directa en la elaboración del CIE-10. Destacan especialmente los aplicados por Feighner y cols., Spitzer y cols. y los que provienen del DSM III y DSM-III-R. La validez actual de este conjunto de criterios ha sido fruto de un largo número de consultas y reuniones que han tenido lugar en estos últimos años. No en vano, desde los años sesenta la Organización Mundial de la Salud (OMS) viene estimulando y potenciando reuniones e investigaciones entre los especialistas sobre criterios de clasificación y fiabilidad diagnóstica, así como en el diseño y publicación en su caso de los resultados encontrados. Este esfuerzo ha facilitado las mejoras sucesivas sobre la clasificación y diagnóstico de los trastornos mentales, así como del comportamiento. Con esta última revisión dicha clasificación queda más clara y homogénea respecto a sus normas e instrumentos de evaluación.

La versión española de la original inglesa Internotional Classification of Disorders, ICD-10'' es la primera de una serie sobre el capítulo V (F) de la CIE-10. Ha supuesto un importante esfuerzo de elaboración y adaptación de la versión inglesa. En este sentido, ha tenido en cuenta no sólo su correspondencia con la terminología específica psiquiátrica moderna e internacional, sino la adaptación a un lenguaje técnico español, tratando de superar en la medida de lo posible algunos anglicismos y barbarismos que, por el hecho de usarlos, no añaden necesariamente una mayor precisión terminológica. Esta obra destinado, según sus autores, a la clínica general, a la docencia y fines administrativos, se continuará de una versión más corta y simplificada que haga más fácil su uso para los profesionales de salud mental.

Desde un punto de vista formal, la CIE-10 presenta algunas ventajas respecto a sus anteriores versiones. Su glosario, más corto, sirve como punto de referencia para la compatibilidad con otras versiones (se presenta junto a un pequeño manual en el que se incluyen* tablas de conversión entre los versiones CIE-8, CIE-9 y CIE-10). Cada trastorno se acompaña de la descripción de sus características clínicas más relevantes, así como de características más secundarias que, aunque menos específicas, complementan la anterior. Aparece también el número y síntomas específicos en el apartado "pautas para el diagnóstico". Pero las principales diferencias con sus versiones predecesoras se centran en otros aspectos. Si comparamos esta nueva versión sobre su predecesora, la CIE-10 resulta mucho más amplia y versátil. Así, si los principios generales de la CIE-9 se presentaban bajo códigos numéricos (001-999), en la presente versión se modifica por un sistema alfanumérico de códigos de una letra seguido de dos números (AOO-Z99). Respecto al capítulo V, si en la CIE-9 se incluían treinta categorías (290-319), en la CIE-10 existen cien categorías (F00-F99) que, aunque no se utilicen todos, permiten una posible modificación en la clasificación sin la necesidad de rediseñar de nuevo el sistema. Por otra parte, la utilización de caracteres adicionales, como el uso de decimales, permite detallar de manera más específica algunas de las partes más sobresalientes de cada una de los familias de enfermedades tratadas en el capítulo V (F). Como fruto de estos cambios se han reordenado algunos trastornos. Así, por ejemplo, se han agrupado entre los códigos FOOF09 todos los trastornos cuya causa sea orgánica (no estaba en el CIE-9), entre los FIOF19 se incluyen los trastornos mentales y del comportamiento debidos a las sustancias psicoactivas. Otras categorías incluyen ampliaciones en el bloque que comprenden los estados esquizofrénicos y los trastornos de ideas delirantes (F20-F29), introduciendo nueve categorías (como esquizofrenia indiferenciada, depresión postesquizofrénica o trastorno esquizotípico). Otros síndromes comportamentales y trastornos mentales asociados con disfunciones fisiológicas y cambios hormonales F50-F59, están descritos con mayor detalle. Otra novedad que se presenta en la CIE-10 ha sido la de introducir un nuevo apartado en el bloque F60-F69 en los que se agrupan nuevos trastornos de la Conducta adulta (e.g. el juego patológico, la piromanía y el robo) con los trastornos más clásicos de la personalidad.

Otra sección de interés es lo relativo a los trastornos de niños y adolescentes. Sobre este punto existe un apartado en las secciones F80-F89 en los que se encuentran tanto los trastornos del desarrollo psicológico, como los trastornos del comportamiento y de las emociones de comienzo habitual en la infancia y adolescencia, abarcando sólo aquellos trastornos específicos en estas edades. A este respecto, algunos trastornos como el autismo infantil que se diagnosticaban desde su anterior versión como psicosis, se sitúan ahora de manera más adecuada, entre los trastornos generalizados del desarrollo (F84-) Por otra parte, el trastorno hípercinetico, a pesar de su carácter mixto, se ha asociado al retraso mental y movimiento estereotipado por su probable utilidad práctica.

En resumen, esta décima versión del CIE supone un importante avance en la clasificación y diagnóstico de las enfermedades mentales. Ello ha permitido, por un lado, una necesaria actualización de enfermedades que, como el autismo, reclamaban un espacio propio y diferente a otros trastornos. Por otro lado, este esfuerzo ha posibilitado un mayor consenso entre expertos de distintos países que han intervenido en su elaboración, lo que sin lugar a dudas permitirá una mayor unanimidad de criterios diagnósticos relativas tanto a la investigación como a la práctica de la profesión.

Marisa LOPEZ GIRONES