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El abordaje de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales desde la perspectiva psicosocial

Francisco Javier CANTERA HERRERO

José Luis GARCIA MARTINEZ


1. ANTECEDENTES

2. EL CONCEPTO DINAMICO DE SALUD OCUPACIONAL

3. LA APUESTA POR LA PREVENCION INTEGRAL

4. LA IMPORTANCIA DE LOS FACTORES PSICOSOCIALES EN LA PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES


1. ANTECEDENTES

Los inicios de la Salud laboral en nuestro país se insertan en el contexto histórico de la reconversión industrial marcada, a su vez, por la evolución de la tecnología, la adopción de una economía competitiva y la construcción de una sociedad democrática.

En pleno proceso de transformación, aparecen unos condicionantes que acelerarán la creación de nuevas normativas, concepciones y usos: a saber, el ingreso de España en la CEE y el proceso de incorporación a su estructura.

En 1989, durante la presidencia española de la CEE, se estableció una directiva que establecía disposiciones para elevar el nivel de protección de los trabajadores y promover la salud en el medio laboral. Para ello, los países miembros se comprometían a promover mejoras de las condiciones de trabajo que existían y se fijan como objetivo una armonización en el proceso, que concluiría el 31-12-92 y que se aplicada a todos los sectores de la actividad pública o privada. Asimismo, se la dotaría de disposiciones legales, reglamentadas y administrativas para su cumplimiento.

Siguiendo en el plano internacional, España ratificó el Convenio 155 y la Recomendación 164 sobre «Seguridad y Salud de los Trabajadores», así como el Convenio 161 y la Recomendación 171 sobre «Los Servicios de Salud en el Trabajo». Donde se establece el deber de formular, poner en práctica y reexaminar periódicamente una política nacional coherente en materia de seguridad y salud para los trabajadores.

Además, y no por ello menos importante, el artículo 40.2 y de forma genérica el 43.1 y 43.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos velar por la seguridad e higiene en el trabajo, configurándose este deber como principio rector de la política social y económica.

Uno de los instrumentos de esta política es la promulgación de una norma legal, la futura ley de Prevención de Riesgos laborales, que dará un marco normativo a través del cual se desarrollarán las distintas acciones preventivas.

Además esta ley deberá ir modificando y renovando el entramado de normativas existente en nuestro país: Reglamento de Medicina de Empresa de 1959, la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo de 1971 y, por último, la Ley General de Sanidad de 1986 donde nos dice en su artículo 21 que «promoverá, protegerá y vigilará la salud de los trabajadores»

Este modelo de prestaciones estaba caracterizado por:

Una concepción fatalista de que el trabajo y el riesgo son dos conceptos indisolubles, lo que quedaba confirmado por la eclosión de pluses de peligrosidad frente a las medidas de seguridad.

Abordaje de los aspectos visibles que tuvieran una incidencia directa e inmediatista en la reparación de la salud de los trabajadores.

Las intervenciones de los técnicos resultaban incompletas en cuanto que no se articulaban entre si como la perspectiva de un equipo interdisciplinario.

El modelo de intervención era inmediatista ya que «olvidaba» los determinantes ocultos en la base del problema, es decir, se descontextualizaba.

Se trata también de un modelo asistencialista y reparador considerando, extraordinariamente, lo preventivo con acciones puntuales, secundarias, colaterales y no insertas en una estrategia de intervención preventiva global.

Los trabajadores aparecen como sujetos pasivos receptores de intervenciones profesionales, sin ser considerados como sujetos protagonistas activos de su salud en el medio laboral.

Todo ello, mandato constitucional, compromisos internacionales, el entramado de normativas dispersas y anticuadas existentes en nuestro país y los cambios producidos en el ámbito de las relaciones laborales y de las condiciones de trabajo demandan la actualización de la normativa.

La misma ley nos plantea sus objetivos estableciendo: «mecanismos, garantías y responsabilidades de cara a establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores contra los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, por medio de una política de prevención de riesgos laborales» (Anteproyecto de ley de Prevención de Riesgos laborales: ALSL.).

2. EL CONCEPTO DINAMICO DE SALUD OCUPACIONAL

El cambio global en la dimensión que ha tomado la salud laboral radica, fundamentalmente, en el concepto globalizador y dinámico de Salud impulsado por la Organización Mundial de la Salud y sus objetivos de Salud para Todos en el año 2000.

En ellos se pone de manifiesto la idea positiva de la salud para todas las personas, permitiéndoles utilizar plenamente sus condiciones físicas, mentales y afectivas, poniendo el énfasis en la promoción de la salud y en la prevención de las enfermedades.

Así, la salud no es sólo «ausencia de enfermedad» sino un «estado de completo bienestar físico, mental y social».

Entendiendo por bienestar un estado dinámico de la mente que se caracteriza por un grado razonable de armonía entre las facultades, las necesidades y expectativas del trabajador y las exigencias y oportunidades del medio ambiente.

La introducción de estos conceptos hace que la política de prevención de los factores perjudiciales para la salud de los trabajadores tienda hacia un mejor conocimiento de las necesidades esenciales: a crear un medio ambiente de trabajo sano y a adaptar el trabajo a las capacidades y necesidades de cada trabajador para favorecer un óptimo estado físico y mental en relación con el trabajo.

3. LA APUESTA POR LA PREVENCION INTEGRAL

En la actualidad, con la armonización de las disposiciones mínimas relativas a la prevención en los lugares de trabajo y su recopilación en una normativa legal, dimos contenidos a una nueva filosofía de entender la promoción de la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores.

Cumplido este objetivo, es imprescindible trabajar por una prevención integral e integrada en la estructura productiva de la empresa entendiendo que la calidad y el alcance de un programa preventivo estable viene limitado por la calidad del programa productivo donde se integra.

Pero, como hemos comprobado al hablar de Salud laboral en nuestro país, frecuentemente nos encontramos con que explícita o implícitamente se hace referencia exclusivamente a los problemas relacionados con accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales, limitando la salud a sus dimensiones físicas.

Esta es la tónica predominante en el ámbito de la prevención de riesgos profesionales ignorando las dimensiones de carácter psíquico o social, requisito indispensable para que sea realmente integral y para que suponga un avance con respecto a conceptos más anticuados, tal y como vimos en las definiciones de salud y daños para la Salud.

Para completar el panorama preventivo de la pérdida de salud en el trabajo, necesitamos que además de que la «seguridad» se encargue de los accidentes de trabajo y la «higiene industrial» lo haga de las enfermedades profesionales; de otras disciplinas que aborden los aspectos psíquicos existentes y que también son capaces de ocasionar la pérdida de la salud en los trabajadores, así como su interdependencia con los accidentes y las enfermedades, con la intención de tener una visión de conjunto.

Por tanto, se lucha contra una visión atomista en el análisis de los problemas en el medio laboral que busca la relación causa-efecto entre el riesgo y el daño de manera unívoca y monocausal.

Con esta idea surgen los principios rectores de la prevención que aparecen claramente descritos en el Anteproyecto de ley, nos hablan de evitar los riesgos, de evaluar los que son inevitables combatiéndolos en el origen. De adaptar el trabajo a la persona. De sustituir lo peligroso por lo que no lo sea o entrañe un menor riesgo. De planificar la prevención buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores medioambientales, persiguiendo su integración en todos los niveles de actividad de la empresa y en todos los niveles jerárquicos. De adoptar medidas de protección colectivas frente a las individuales y de formar e informar a los trabajadores de los riesgos que comportan sus actividades dentro de su trabajo.

Estos principios serán desarrollados en la empresa por el Servicio de Prevención y será «el conjunto de medios humanos y técnicos con la finalidad de realizar las actividades preventivas necesarias para garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de los trabajadores» (ALSI.).

Dentro de las funciones de los Servicios de Prevención se describe «un carácter interdisciplinario adecuando sus medios a sus funciones. Para ello, el personal técnico de estos servicios en cuanto a su formación, especialidad, captación, dedicación y número, así como recursos técnicos, deberá ser suficiente y adecuado a las actividades preventivas a desarrollar en función de: el tamaño de la empresa, el tipo de riesgos a los que puede estar expuesto el trabajador y la distribución de estos riesgos en el centro de trabajo» (ALSL).

Esta apuesta por la Prevención integral, necesita aprobar su asignatura pendiente y cubrir el inexplicable hueco existente, hasta ahora, en el ámbito preventivo y considerar «las patologías causadas o potenciadas por los esfuerzos repetitivos o continuados, físicos o mentales, realizados en el ejercicio del trabajo» y «las patologías de naturaleza psíquica que sea esencialmente imputable al trabajo desarrollado» (ALSI.).

Este hueco lo pretende cubrir la psicosociología de la prevención de los riesgos profesionales, contando para ello con las aportaciones tanto teóricas como metodológicas de la Psicología, la Sociología y un nuevo sistema de aproximación fruto de la interacción de ambas, que denominaremos psicosocial.

4. LA IMPORTANCIA DE LOS FACTORES PSICOSOCIALES EN LA PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES

El Director General de la Organización Mundial de la Salud, en su XXXII Reunión declaró que:

«El trabajo, elemento fundamental del progreso, es para un ser humano el principal modo de identificación con una vida productiva. Es un objetivo humano además de un medio para ganarse la vida. La interacción permanente entre el hombre y su medio de trabajo físico y psicológico, puede influir en la salud de aquél positiva o negativamente, y el estado de bienestar físico y mental del trabajador repercute en el proceso mismo de producción. Como actividad bien ajustada y productiva, el trabajo puede ser un importante factor en el fomento de la salud, aspecto que no se ha aprovechado todavía para mejorar la salud colectiva de los países»

Los esfuerzos de la Psicosociología están encaminados a resaltar la existencia e importancia de riesgos laborales como la insatisfacción, la fatiga, el estrés, el envejecimiento prematuro, la carga mental, los trastornos psicosomáticos, etc.; a descubrir los problemas derivados de la falta de comunicación y de participación en el trabajo, a evidenciar las repercusiones de las relaciones sociales en la empresa, en los grupos formales e informales, así como a realizar un análisis crítico de la organización del trabajo, diagnosticando los problemas que aquejan y proponiendo alternativas de cambio.

Para realizar lo anterior, se propone la utilización de herramientas de carácter científico como único medio de superar la aproximación meramente intuitiva que, al menos en los temas anteriores, ha caracterizado las actuaciones de los responsables de prevención de las empresas.

El análisis de las condiciones de trabajo desde esta perspectiva, resultará más complejo que con el reduccionismo que implicaba el modelo de «factor humano - factor técnico», que se limitaba a estudiar separadamente el comportamiento del trabajador y las condiciones técnicas de la máquina que manejaba. Ahora es preciso ver ambos elementos en su interacción, considerándoles inmersos en una organización que está influyendo en ese puesto de trabajo y recibiendo a la vez influjo de él.

Este planteamiento obliga a tener en cuenta variables que hasta la fecha era raro que el técnico prevencionista tuviera en consideración, como son, por ejemplo, la organización informal, los sistemas de comunicación, los grados de cohesión, el estilo de mando, los roles, las expectativas, etc.; Y el preciso sensibilizarse con ellas, ya que en muchos casos es ahí donde está la clave de los problemas de Salud laboral, y en cualquier caso están realizando una influencia considerable en el comportamiento del trabajador, en todos los ámbitos de la empresa y el diagnóstico que se realice de cualquiera de ellos corre el riesgo de ser superficial si no los integra convenientemente.

Al responsable de la prevención de riesgos en la empresa hay que pedirle que conozca estos problemas así como las técnicas que le permitan un acercamiento científico al mismo y sobre que sea sensible a su influencia en el ámbito de la Salud laboral. Sin embargo, no pretendemos que sea un especialista en el ámbito psicosocial, del mismo modo que no es defendible la pretensión de que se especialice en Seguridad, en Higiene, en Medicina, en Ergonomía, etc.

No es posible alcanzar tal dominio de tales disciplinas tan complejas, y el técnico prevencionista no debe enfocarse en esa dirección. Lo que es imprescindible para él es conocer suficientemente todas las áreas preventivas citadas de forma que puedan acercarse a todos estos problemas sin que ello implique tal nivel de conocimientos que en todas ellas se haga innecesario la utilización de otros especialistas de dentro o fuera de la empresa.

Sin duda, los foros de debate que se generen en un futuro próximo con la aprobación del Anteproyecto definirán claramente si es una ley de mínimos o si realmente nos pondrá a la altura de los demás países comunitarios en lo concerniente a la prevención de riesgos y a la promoción de la seguridad y salud de los trabajadores en sus lugares de trabajo.