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ESTUDIOS

CREENCIAS SOCIALES SOBRE LA REINCIDENCIA EN El DELITO. ESTUDIO SOBRE UNA MUESTRA DE ALUMNOS Y PROFESIONALES DE LA CRIMINOLOGIA

Jaume FUNES, Santiago REDONDO y Eulalia LUQUE

Centro de Estudios Jurídicos. Generalitat de Catalunya. 08013 Barcelona


INTRODUCCION

METODO

RESULTADOS

DISCUSION

REFERENCIAS


INTRODUCCION

Planteamiento del problema

La reincidencia de los delincuentes en el delito es uno de los factores más frecuentemente aducidos al referirnos a la eficacia o ineficacia de las acciones preventivas o de tratamiento emprendidas con los mismos. Al igual que ocurre con la propia delincuencia y otras manifestaciones sociales que preocupan a la población (como el paro, la drogadicción, el aborto, la salud; etc.), la reincidencia en el delito es un fenómeno al que frecuentemente se refieren los medios de comunicación de masas, y sobre el cual la gente se forma una cierta opinión, que puede ser más o menos coincidente o distante de los conocimientos existentes sobre sus dimensiones reales.

Por otra parte, cuando se habla del aro que hay en nuestra sociedad, o e la pobreza, o del abandono de niños o de ancianos, los sentimientos y creencias que tienen las personas sobre tales fenómenos guardan ciertas relaciones, sin duda, con las expectativas que se tienen respecto de su solución. En concreto, sobre los medidas que tendrían que ser aplicadas para paliar estos problemas, las inversiones que se deberían realizar en los mismos, y la orientación que habría que dar a las acciones sociales y de gobierno en uno u otro sentido.

De un modo semejante, los sentimientos y creencias que tiene una población sobre el volumen de delincuencia existente en la sociedad en la que vive, y sobre los niveles de reincidencia en el delito de los delincuentes convictos, probablemente guarden interesantes relaciones con las expectativas que los ciudadanos formulan respecto de la política criminal que se debería aplicar, de la liberalización o endurecimiento de las medidas penales, de su creencia y apoyo hacia programas correccionales, de si deben o no invertirse recursos en acciones dirigidas hacia la rehabilitación y reinserción de los delincuentes, etc. Así se ha puesto de relieve en diversas investigaciones que han establecido una estrecha relación entre ciertas cogniciones, actitudes, creencias y emociones de las personas tales como el sentimiento de identidad colectiva, el sentimiento de respeto hacia los otros, el de obligación, o emociones negativas como el odio, la envidia o el resentimiento- y las ideas y expectativas que tienen estas mismas personas sobre la justicia (Rivera, 1989; Montada & Schneider, 1989; Solomon, 1989).

Además de esta interacción entre elementos emocionales y las creencias sobre la justicia, que sería generalizable a todos los ciudadanos, también se ha sugerido que la formación de las personas puede tener un influjo decisivo para preservar una mayor equidad y adecuación de las creencias que se tienen sobre aquélla (Hoffman, 1989).

Factores conexos con las creencias de la gente sobre la delincuencia y sobre la reincidencia en el delito son, también, sus creencias y actitudes sobre la importancia que debe concederse, a la hora de explicar la. delincuencia, a ciertas características de los propios delincuentes, de sus contextos sociales, o de los hechos delictivos que llevaron a cabo. Esto es, el peso explicativo que se atribuye a características o factores personales de los delincuentes, como el sexo, la edad, la carrera delictiva, etc. a factores sociales y ambientales, como la pobreza, el paro, la marginación, las drogas, etc.; y a características y atributos de las propias acciones delictivas, como son el tipo de delito, si la acción delictiva se ha repetido en diversas ocasiones, etc.

Reincidencia jurídica y empírica

En el curso de esta investigación utilizaremos el término reincidencia, reincidentes, etc., en dos acepciones distintas. Una de estas acepciones es la jurídica o normativa, (Ribó Durán, 1987). Según ella, la reincidencia es la apreciación que realiza un tribunal, al dictar una sentencia, sobre la existencia de delitos semejantes en los antecedentes de un seto. Es por tanto, una reincidencia referida al pasado de un sujeto, al que le va a ser aplicada una condena. En tal sentido, solemos referirnos a sujetos reincidentes, multi-reincidentes, etc., que serían aquellos que anteriormente cometieron y fueron condenados por uno o varios delitos.

Un sentido bien distinto tiene la que podemos- denominar reincidencia empírica, según la cual suelen investigarse las cifras de reincidencia de un país, prisión, programas de reinserción, etc. Esta acepción de reincidencia tiene un sentido futurible. Su análisis se dirige a conocer si un individuo o grupo de individuos, una vez que han cometido un delito y cumplido una determinada condena, vuelven o no a delinquir en cierto período de seguimiento posterior.

Como ejemplo que ilustra esta diferenciación, pensemos en diez delincuentes que hubieran sido condenados en una determinada. fecha por la comisión de un delito. Imaginemos que de ellos, en el momento de ser condenados, ocho tuvieran antecedentes delictivos. Según esto, podríamos afirmar, desde una perspectiva normativa o legal, que el 80% le este grupo eran a reincidentes al ser nuevamente condenados.

Supongamos ahora que, con independencia de sus antecedentes delictivos, tres de los diez delincuentes de nuestro ejemplo cometieran nuevos delitos en el curso de los tres años siguientes. En este caso, desde la perspectiva empírica de la reincidencia, puede afirmarse que el 30 % de ellos han reincidido en el plazo de tres años de seguimiento.

Desearíamos prevenir al lector contra la confusión de estas dos acepciones de la reincidencia, ya que su distinción resulta crítica para esta investigación. Ciertamente, ambas acepciones -jurídica y empírica- hacen referencia a la comisión de un nuevo delito después de haber cometido con anterioridad un delito. Ese es el significado más literal del verbo reincidir, que el diccionario define como "incurrir de nuevo en un error, falta o delito" (Moliner, 1987). Sin embargo, la acepción jurídica mira en dirección del pasado de los delincuentes y cuenta sus acciones delictivas previas. Mientras que la reincidencia empírica se fijaría en los comportamientos delictivos futuros de los sujetos estudiados. Para una mayor ampliación y ejemplificación de esta distinción entre reincidencia jurídica y empírica, el lector interesado puede remitirse a Redondo (en prensa) y Funes y Redondo (1991, octubre).

Investigaciones previas

En investigaciones realizadas en otros países (por ejemplo, Roberts & White, 1986, en Canadá) se ha puesto de relieve cómo la gente tiende a sobrestimar los niveles de reincidencia por encima de las cifras reales existentes. En nuestro país no existen, hasta la fecha, investigaciones directamente encaminadas a conocer las creencias de la población a este respecto, desconociéndose incluso, hasta bien recientemente, los niveles reales de reincidencia (Redondo, en prensa; Redondo, Funes, Giménez-Salinas, González y Roca, 1991, mayo). Existen, eso sí, algunas investigaciones que han indagado creencias y actitudes sobre la delincuencia y factores conexos con ella, en ciertos colectivos profesionales que trabajan en este campo, tales como funcionarios de prisiones, policías o jueces, o en muestras de la población en general.

Uno de estos estudios es el llevado a cabo por Martín y Rodríguez (1989) con una muestra de 90 profesionales de la administración de justicia de Tenerife, integrada por 30 policías, 30 jueces y 30 funcionarios de prisiones. A todos ellos les aplicaron una "Escala de explicaciones causales", y una batería de escalas de actitudes para medir "autoritarismo", "dogmatismo", "creencia en un mundo más justo" "ideologías éticas , confianza en la gente", y "autoestima". El análisis factorial de los resultados permitió a los autores constatar una tendencia generalizada de los sujetos a reproducir en sus respuestas las principales teorías sobre la delincuencia. En sus explicaciones realzaban el papel concedido a factores psicológicos como el aprendizaje, o a causas sociológicas como el para, la miseria, y el fenómeno de las drogas. los funcionarios de prisiones se mostraron algo más conservadores en sus explicaciones. Los autores concluyen que probablemente las preferencias de estos profesionales (de la justicia) por determinadas explicaciones causales traen apareada la utilización de unos esquemas concretos a la hora de tomar decisiones dentro de sus competencias" (p. 31).

Ortet y Pérez (1990) realizaron una investigación en la que aplicaron la "Escala de Actitudes hacia la Delincuencia (EAD)" a una muestra de personal directivo, técnicos de equipos de rehabilitación y personal de vigilancia de los penitenciarios de Cataluña. Sus mostraron que estos profesionales tenían unas actitudes proclives a la consideración de factores socioambientales en la explicación de la conducta delictiva, y favorables a la intervención y asistencia educativa en su prevención y tratamiento.

Por su parte, González et al. (1989) llevaron a cabo un trabajo en Barcelona cuyo objetivo era indagar las posibilidades existentes de influenciar las actitudes que tienen los ciudadanos en relación con la población penitenciaria.

Para ello hicieron que presos del Centro Penitenciario de Hombres de Barcelona seleccionaran 50 fotografías, a las que pusieron como pie de foto una frase o un pequeño texto. Estas fotografías fueron expuestas en cuatro barrios de la ciudad, pudiendo ser visitadas por el público. A los visitantes les fue aplicada una escala de actitudes antes y después de ver la exposición fotográfica. Los autores pudieron concluir que con un procedimiento como el descrito era posible mejorar la actitud de ciertos grupos sociales hacia la prisión.

Objetivos

Ninguna de las anteriores investigaciones permite conocer con cierta precisión las creencias de la población, o de ciertos grupos profesionales cercanos al problema de la delincuencia, respecto de las cifras de delincuencia o de reincidencia.

Por ello, en esta investigación, desarrollada con motivo de un Seminario sobre el problema de la reincidencia en el delito (en el que los autores presentaban los principales resultados obtenidos en una investigación sobre la reincidencia en España) nos propusimos indagar las estimaciones que, antes de conocer la información "verdadera" sobre los índices de reincidencia hacían los participantes en este Seminario respecto de la reincidencia en atendidas una serie de variables personales, sociales, y de la propia acción delictiva.

En concreto, se formularon los tres siguientes objetivos: (1) evaluar las posibles diferencias existentes entre las creencias de nuestra muestra sobre las cifras de reincidencia, y las creencias de otras poblaciones, que hubieran sido evaluadas; en concreto, la comparación se llevaría a cabo con una muestra de población canadiense, investigada por Roberts & White (1986); (2) valorar las diferencias entre dichas creencias y las puntuaciones "reales" de reincidencia en el delito en nuestro país; y finalmente, (3) evaluar el peso atribuido por los sujetos al influjo que tendrían distintos factores (como la tipología delictiva, la edad, o la situación laboral, etc.) sobre la delincuencia, la reincidencia, o la reinserción de los delincuentes.

METODO

Muestra

Como sujetos integrantes de la muestra fueron seleccionados profesionales y alumnos de tres cursos de criminología (de los que los autores eran profesores), celebrados dos de ellos en Barcelona (XLVI Curso Internacional de Criminología, Barcelona, 28-31 de octubre de 1991; y alumnado del Seminario de Delincuencia Juvenil, de tercer cursó del Instituto de Criminología de la Universidad de Barcelona, curso académico 1991-92) y uno en Albacete (Máster de Criminología de la Universidad de Castilla-La Mancha, curso académico 1991-92).

La muestra final quedó integrada por 106 sujetos, que tenían una edad media de 32,3 años (rango entre 21 y 65 años), situándose la mediana, que deja por debajo y por encima de si a cada una de las mitades de la muestra, en 31 años, y siendo la edad más frecuente 27 años. De ellos, 35 eran mujeres y 68 hombres (no contestaron al ítem sexo 3 sujetos).

Por lo que se refiere a la formación académica de los integrantes de la muestra, el 38% eran titulados superiores, el 38% poseían un titulo de grado medio, y el 19% tenían el Bachillerato Superior o estudiaban los primeros cursos de alguna diplomatura o licenciatura (no respondieron al ítem formación 6 sujetos). Por modalidades académicas, el grupo más numeroso eran licenciados en Derecho (el 22 % del total de la muestra), seguidos de los Diplomados en Criminología (el 17% de los sujetos), y de Psicólogos (el 7,5 % de la muestra).

Las profesiones más frecuentes eran funcionarios de prisiones (un 31 % de la muestra policías (un 13% de la muestra) y abogados (un 8,5% de los sujetos). Otras profesiones representadas eran administrativos, profesores universitarios, asistentes sociales, banca, educadores, investigadores privados y pedagogos.

Instrumentos

Para la recogida de la información se confeccionó un cuestionario. En el mismo se pedía a los sujetos que realizaran distintos estimaciones porcentuales sobre la reincidencia de grupos de delincuentes, después de ser excarcelados tras cumplir una condena de privación de libertad. Para ello se instaba a los sujetos a que tomaran en consideración determinadas condiciones y factores, que habitualmente se suponen relacionados con la delincuencia.

Se diseñaron dos formas de cuestionarios que incluían prácticamente los mismos elementos. La Forma A se componía de un apartado de datos personales y 32 preguntas, con un enunciado semejante al empleado en la investigación canadiense de Roberts & White (1986), que era el siguiente: "De cien delincuentes primarios (que no hayan ingresado en prisión anteriormente) (etc.), condenados con delitos contra la propiedad (sin fuerza en las personas) (etc.), ¿qué porcentaje cree Ud. que serán condenados nuevamente por algún delito durante los 5 años siguientes a su excarcelación?". En cada una de las 32 preguntas se iban modificando los siguientes elementos: (1) factores relacionados con la carrera y las acciones delictivas llevadas a cabo por los sujetos (primarios / reincidentes / multireincidentes, delitos contra la propiedad / contra las personas / sexuales / tráfico de drogas); (2) factores relacionados con la condena y sus formas de cumplimiento o factores penitenciarios (condena inferior a 2 años/ igual a 6 años/superior a 10 años, terminación de la condena en régimen cerrado/ ordinario /abierto/ libertad condicional); y (3) factores sociales y ambientales de reinserción (vuelta a un barrio marginal/barrio de clase media, no disponer de un trabajo remunerado al salir/disponer del mismo, ser drogodependientes/no serlo, tener apoyo de las servicios sociales/no tenerlo). la Forma B venía integrada igualmente por un apartado de datos personales y por preguntas, que recogían en forma abreviada todos los anteriores elementos y factores.

Dada su mayor brevedad y sencillez fue aplicada la Forma B del cuestionario a la mayor parte de los sujetos de la muestra, mientras que la forma A se utilizó solamente con 16 sujetos.

Procedimiento

A todos los participantes en los cursos mencionados se les entregó el correspondiente cuestionario, recogiéndose 106 cuestionarios contestados, de los cuales 80 correspondían al XLVI Curso Internacional de Criminología, 11 al Instituto de Criminología de Barcelona y 15 al Máster de Criminología de Albacete. Se hizo un análisis diferencial de las estimaciones de estos tres subgrupos de sujetos, dada su diferente extracción, no encontrándose diferencias significativas entre ellos, por lo que la muestra total puede considerarse homogénea a todos los efectos.

RESULTADOS

Retomemos sucesivamente ahora los objetivos de este trabajo.

Objetivo 1: Evaluación de las diferencias entre las creencias de la muestra española sobre las cifras de reincidencia y las creencias de la muestra canadiense.

Objetivo 2: Evaluación de las diferencias entre las creencias de las muestras española y canadiense sobre la reincidencia en el delito, y las puntuaciones "reales" de reincidencia en el delito en sus respectivos países.

Respecto de estos dos primeros objetivos, la Tabla 1 nos permite comparar tanto las diferencias entre las estimaciones sobre la reincidencia realizadas por sujetos españoles y sujetos canadienses, como valorar las diferencias existentes, para la muestra española, entre estimaciones sobre la reincidencia y cifras reales de la misma. Esta última comparación ha sido desglosada, para una mayor claridad, en la Figura 1.

Reincidencia de los delincuentes contra la propiedad. Por lo que se refiere a los delincuentes que habían cometido delitos contra la propiedad, en el caso de los primarios, los sujetos de la muestra española "estimaron" su reincidencia en un 50,4% mientras que la cifra "real" de reincidencia para éstos era del 23,4% .(lo que nos sitúa en una .. razón de acierto" o rA de 0,46% -véase la explicación del concepto y el cálculo de la razón de acierto en las notas de la Tabla l. Por su parte, la muestra canadiense del estudio de Roberts & White (1986) había mostrado, para los delincuentes contra la propiedad, también en el caso de los primarios, un porcentaje de reincidencia "estimado" del 49%, mientras que el porcentaje de reincidencia "real" era del orden del 27,3% (obteniéndose de esta forma una rA de 0,56).

Respecto de los reincidentes -o sea, aquellos delincuentes que habían cometido un delito con anterioridad- la muestra española "estimó" una reincidencia posterior del 73,5%, siendo su reincidencia "real" del 35,9% (lo que se corresponde con una rA de 0,49). En Canadá, la "estimación" había sido de 47,9% y la reincidencia 11 real" del 47,5% (obteniéndose una rA de 0,99).

En el caso de los delincuentes multireincidentes -quienes habían cometido más de un delito con anterioridad-, la "estimación" media realizada por la muestra española fue del 84,8%, frente a una cifra "real" del 55,7% (resultando una rA de 0,66). la muestra canadiense había "estimado" en 51,9% el porcentaje de reincidencia posterior, no existiendo datos sobre la reincidencia "real".

Reincidencia de los delincuentes contra los personas. la reincidencia posterior de los delincuentes primarios contra las personas fue "estimada" en un 32,8% por la muestra española, al lado de una cifra "real" del 7,7% (lo que define una rA de Q23). los canadienses habían "valorado" esta reincidencia en un 55,8% siendo sus cifras "reales" del 16,7 % (rA = 0,30).

En el caso de los reincidentes contra las personas, los españoles "consideraron" un porcentaje de reincidencia posterior del 47,8%, mientras que la cifra "recíl" se situaba en un 25% (rA=0,52). la muestra canadiense "estimó" esta reincidencia en un 53,2%, siendo la cifra "real" del 43,7% (rA=0,82).

A los multi-reincidentes contra las personas les fue "atribuida" una reincidencia posterior del 55,2 %, en el caso de la muestra española, siendo la reincidencia "real" de un 16,6% (rA=0,30). la muestra canadiense "estimó" la reincidencia de este grupo en un volumen medio del 56,7%.

Reincidencia de los delincuentes por delitos sexuales. la muestra española 11 estimó" la reincidencia posterior de los delincuentes primarios por delitos sexuales en un 31,1 %,,la de los reincidentes en un 45,4% y la de los multi-reincidentes en un 52,3%, mientras que en las cifras "reales" no había aparecido ningún caso de reincidencia para estos grupos de delincuentes (rA= 0 en todos los casos). la investigación canadiense 1 "estimó" la reincidencia de los primarios por delitos sexuales en un 57,6%, frente a una "realidad" del 13,5% (rA=0,23); la de los reincidentes en un 53,9%; y la de los multi-reincidentes en un 55%, no constando datos "reales" sobre estos dos últimos grupos.

Reincidenció de los delincuentes por tráfico de drogas. En este caso, no contamos con datos canadienses. Nuestra muestra española "valoró" la reincidencia posterior de los primarios por tráfico de drogas en un 60,8%, frente a una "realidad" del 11,1% (rA=0,18). la estimación" para los reincidentes fue del 88,6% y la "real" fue 0 (rA=0). la reincidencia posterior de los multireincidentes fue "considerada" del 100%, mientras que los datos "reales" manifestaron un 44,4% (rA=0,44).

Objetivo 3: Evaluación del peso atribuido por los sujetos al influjo que tendrían distintos factores como la tipología delictiva, la edad, la situación laboral, etcétera, sobre la reincidencia.

Las Tablas 2, 3, 4, 5 y 6 y las Figuras 1 y 2 permiten contestar a cómo afectan los diferentes factores considerados aquí a la valoración de la reincidencia. Las Tablas 2, 3, 4, y 5 han sido organizadas de modo qué las estimaciones de la muestra sobre la reincidencia que tendrían diversas categorías de delincuentes (definidas en la primera columna de cada tabla) son analizadas en relación con diversos subgrupos muestrales, creados a partir de la consideración de las variables edad, sexo, nivel de información y profesión de la muestra (definidos en la primera fila de cada tabla, siendo los mismos en todas ellas).

Reincidencia y delito previo. De acuerdo con los datos de la Tabla 2 Figura 1, la muestra, en su globalidad consideró que mostrarían una mayor reincidencia aquellos delincuentes primarios que habían cometido delitos por tráfico de drogas (60,8%), seguidos de aquéllos que habían delinquido contra la propiedad (50,4%), de los que lo habían hecho contra las personas (32,8%) y, por último, de aquellos sujetos que previamente habían cometido un delito contra la libertad sexual (31,1 %). No se observan diferencias relevantes entre las valoraciones de la globalidad de los sujetos y las de los subgrupos de la muestra atendiendo a la ocupación (funcionarios de prisiones u otras profesiones), a su nivel de información a través de los mass-media (mayor o menor nivel), al sexo y a la edad de los encuestados (mayores o menores de 30 años).

La reincidencia de los delincuentes previamente reincidentes y multi-reincidentes. Según los datos de la Tabla 2, la globalidad de la muestra estudiada estimó mucho mayor la reincidencia posterior de los sujetos previamente multireincidentes (73,7%) y reincidentes (64%) que la reincidencia ulterior adjudicada a los primarios (sea cual fuere el tipo de delito cometido) (reincidencia media de los primarios del 43,8%). Por otro lado, en esta Tabla 2 no aparecen diferencias de interés entre las valoraciones de la globalidad de los sujetos y las realizadas por distintos subgrupos muestrales.

Edad y Reincidencia. la totalidad de la muestra estima que los delincuentes de edad inferior a 30 años reincidirán de modo sustancialmente más elevado (53,9%) que los de edad superior a 30 años (39,3%) ver Tabla 3 ). No se observan otros datos que diferencien las valoraciones de la muestra por subgrupos muestrales.

Condenas anteriores y Reincidencia. Por lo que se refiere a las condenas anteriores, la muestra concede un porcentaje de reincidencia posterior inversamente proporcional al tiempo pasado anteriormente en prisión: estiman un nivel de reincidencia del 47,9% para aquellos delincuentes reincidentes que habían sido condenados anteriormente a una pena inferior a 2 años, un nivel de 39,6% para quienes lo habían sido a una pena de 6 años y un 29% para aquellos que lo fueron a una pena superior a 10 años. Tampoco en este caso se observan diferencias notables en estas valoraciones entre subgrupos muestrales (Tabla 4).

Respecto de las formas de cumplimiento de las condenas, la muestra atribuye una reincidencia sustancialmente decreciente desde las modalidades de cumplimiento más rígidas -como el régimen cerrado, en el que seria esperada una reincidencia posterior de un 58,6%- hasta las formas más flexibles de terminación de la misma como sería la libertad condicional en la que se considera una reincidencia del 29,5 %. las cifras "reales" de reincidencia de los liberados condicionales son -según datos obtenidos a artir del estudio referenciado (Redondo, Funes, Giménez-Salinas, González y Roca, 1991, mayo)- del 19,8%. Tampoco aquí se observan diferencias de interés entre las valoraciones globales de la muestra y las que realizan los distintos subgrupos muestrales analizados. Una excepción la constituye la diferente valoración que realizan los hombres y las mujeres sobre la reincidencia de aquellos que terminaran sus condenas en régimen cerrado. los hombres valoran esta reincidencia en un nivel superior (61,8%) que las mujeres 502%) (diferencia significativa al nivel de confianza del 95%).

Factores de incorporación social y Reincidencia. En el cuestionario aplicado a la muestra, se había pedido a los sujetos que estimaran la reincidencia de los delincuentes tomando en consideración una serie de factores que hemos denominado de reinserción. Estos factores se habían dicotomizado en sus vertientes menos favorable y más favorable. A partir de la Tabla 5, podemos observar, si nos fijamos en la columna de estimaciones globales del curso, interesantísimos resultados.

Cuando se toma en consideración el polo más favorable, el factor al que la muestra atribuye un mayor peso en la incorporación social de los sujetos, tras el cumplimiento de una condena, es el laboral: si se tiene un trabajo la reincidencia es estimada solamente en un 21,5% de los casos. Mientras que a lo opuesto -no disponer de un trabajo se le asigna un importante incremento de los niveles de reincidencia (67,8%). La diferencia entre una y otra asignación supone la atribución al factor laboral del mayor peso específico como elemento de reintegración: entre su existencia o no media una diferencia de 46,3 puntos.

Si, por el contrario, prestamos atención a las vertientes menos favorables de los factores considerados, la condición de drogodependiente es estimada como el elemento que mayor tasa de reincidencia provoca: el 73,4% de ellos se estima que volverán a la cárcel (Figura 2). No obstante, abandonar las drogas parece ser considerado como menos importante para la reincorporación social que tener. un trabajo: aunque las dejaran, un 30,5% reincidirían, según la estimación de la muestra.

El tipo de barrio al que se vuelve sigue a las drogas en el estereotipo negativo. Si volvían a un barrio marginal, la valoración de la reincidencia se situó en el 71,7%. Si los delincuentes volvían, al ser excarcelados, a un barrio de clase media, reincidirían en un 39,3% de los casos.

Finalmente, disponer o no, en el momento de la excarcelación, de ayuda de los servicios sociales supone aventurar una reincidencia de 30,8% o del 52,6% (diferencia entre ambos polos de 21,8 puntos).

Por lo que se refiere a las valoraciones que realizaron diferente subgrupos muestrales, aparecen algunas diferencias significativos- en las estimaciones sobre la reincidencia considerado el factor drogodependencia /no drogodependencia. los funcionarios de prisiones mostraron unas valoraciones de la reincidencia de los no drogodependientes significativamente más bajas (22,1 %) que el conjunto del resto de las profesiones (33,9%) (nivel de confianza del 95%). Por su parte, los hombres sobrestimaron la reincidencia de los drogodependientes (77%) en relación con las mujeres (66,7%) (diferencia significativa a un nivel de confianza del 95/'o). El resto de los subgrupos y categorías muestrales no produjeron diferencias de interés.

Sexo, edad, tráfico de drogas y delincuencia. En otro orden de cosas, se preguntó a los sujetos no por la reincidencia, sino por los niveles de delincuencia que vendrían asociados a algunas características de los individuos o del tipo de delitos cometidos. los resultados se muestran en la Tabla 6.

Respecto de la variable sexo, la muestra estimó en un 19,1% el porcentaje de mujeres que son condenados en España, frente a una realidad empírica del 7,56%.

Por su parte, respecto de la variable edad, los sujetos encuestados atribuyeron un 31,8% del monto total de delincuencia, a los menores de 21 años. Sin embargo, en España, la cifra de condenados menores de 21 años es del orden del 16%.

Por último, la muestra estimó en un 45% la proporción de condenados que lo serían por delitos de tráfico de drogas. las cifras reales sitúan este porcentaje en un 8,9%.

DISCUSION

Por lo que se refiere a la evaluación de las diferencias entre las creencias de la muestra española sobre las cifras de reincidencia y las estimaciones de la muestra canadiense (Objetivo l), de manera global los resultados españoles no son especialmente diferentes de los

obtenidos en Canadá. En cualquier caso en los dos países se produce siempre una distorsión aumentativa de la realidad. El público, aunque esté compuesto por profesionales o por estudiosos, tiende siempre a considerar la reincidencia como un fenómeno de gran entidad. Las creencias, las construcciones sociales en torno a fenómenos sociales complejos, fundamentalmente las que tienen que ver con el mundo del delito, tienden sistemáticamente a deformar el fenómeno hasta límites poco explicables, constituyéndose en realidades autónomas con mayor incidencia incluso que los propios delitos objetivos.

En los sujetos que cometen por primera vez delitos contra la propiedad, las creencias, el prejuicio, sitúan la reincidencia prácticamente en el doble de la real (rA en torno al 0,5), es decir: piensan que uno de cada dos comete nuevos delitos, cuando en realidad sólo lo cometen uno de cada cuatro.

En los sujetos que cometen delitos contra las personas, los datos de la investigación canadiense difieren algo de los obtenidos en la muestra española. En nuestro país, la reincidencia ideada es menor que en los anteriores delitos (32,8% - 50,4%) pero en las dos investigaciones su distancia con respecto a los datos de la realidad es todavía mucho mayor (rA=0,23).

No es fácil hacer comparaciones en el caso de los delitos sexuales. El índice real de reincidencia es muy bajo (en parte por las características del delito y en parte por el efecto combinado del mayor impacto de la prisión preventiva), pero las apreciaciones colectivas continúan a enorme distancia de la realidad.

Pero donde las creencias colectivas parecen llegar a máximo de artificialidad, de constructo que poco o nada tiene que ver con lo que pasa, es en los delitos relacionados con el tráfico de drogas. Como el resto de componentes del "problema droga", casi todo es "realidad construida", poco es "realidad real". Se cree que la reincidencia es prácticamente seis veces mayor que la que se produce (rA=0,18).

Cuando se trata de evaluar la vuelta al delito de aquellos que ya fueron condenados, poco a poco la apreciación se va ajustando -manteniendo la tendencia deformadora- a los acontecimientos. No obstante no es fácil explicar las diferencias que se aprecian entre el estudio canadiense (Roberts & White, 1986) y el nuestro.

Como puede verse en las tablas 2 y 3 la estimación de los niveles de reincidencia -tanto en función de la actividad delictiva como de la edad de los condenados- no presenta diferencias significativas ateniéndonos a la profesión o al nivel de uso de los mass-media que tiene los sujetos que contestaron el cuestionario. El nivel de deformación, la realidad construida", que tienen los funcionarios de prisiones no es menor que la de los estudiantes de criminología u otros profesionales. No ponemos en entredicho el fuerte componente que en la construcción de las representaciones sociales tienen los medios de comunicación de masas, pero -quizá por la manera inadecuada como se preguntó- no encontramos diferencias significativas de estimación entre los individuos que no leen periódicos o no ven la televisión y los que si lo hacen. Es posible, no obstante, que las creencias y representaciones sociales que estamos analizando se asiente sobre rumores, miedos, preocupaciones, etc., en los que el influjo del acceso a los mass-media no pueda ser medido de manera directa.

Las mujeres que contestaron al cuestionario tienden a sobredimensionar algo más los niveles de reincidencia. las mayores diferencias se encontraron en la estimación de la reincidencia de los delincuentes primarios contra la libertad sexual (36,2% en la estimación realizado por los mujeres, 27,5 % en la estimación realizada por los hombres). No obstante, a ninguna de las diferencias encontradas puede atribuírsele significación estadística.

Con la idea de obtener datos complementarios se pidió a los sujetos que estimasen simplemente qué peso tenían algunos delitos, la edad o el sexo en el conjunto de condenas que los Tribunales dictan en un año. La deformación que hemos comentado para la reincidencia se mantuvo incluso entre los profesionales que tienen contacto con las personas reclusas, cuando se trataba de delitos como el tráfico de drogas (en torno al 45% en las estimaciones, cuando en la realidad se sitúa alrededor de 8,9%).

En general, se apreció en sentido correcto el impacto negativo en la reincidencia del régimen penitenciario cerrado y de la privación de la libertad condicional. Sin embargo se mantuvieron asignaciones de vuelta al delito igualmente muy superiores a las reales (a los procedentes de la libertad condicional se les asignaron tasas de reincidencia en torno al 30%, cuando en el estudio referenciado -Redondo, Funes, Giménez-Salinas, González y Roca, 1991, mayo- se encontró que era del 19,8%). En la línea de lo comentado anteriormente las personas que contestaron el cuestionario consideraron que la circunstancia o el contexto que más influía en la producción de reincidencia era el ser drogodependiente, pronosticando su vuelta a la cárcel en tres de cada cuatro casos. Conjuntamente con ese estereotipo y en proporciones cercanas estimaban que fácilmente reincidirían los que volvían a un barrio marginal al salir de la prisión. Complementariamente, se estimó que la reincidencia sería mucho menor si el condenado disponía al salir de un trabajo, pero sólo algo menor si era atendido por algún recurso de servicios sociales.

No se encontraron diferencias estadísticamente significativas en la valoración del peso de los factores sociales o de los asociados a la característica de la condena entre profesionales ni entre niveles de información. Por el contrario, se encontró que las mujeres minusvaloraban significativamente el impacto de la prisión cerrada, a la vez que eran capaces de ponderar mejor la condición de drogodependiente (significativos al nivel e confianza del 95%).

REFERENCIAS