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Vol. 28. Núm. 1. - 2018. Páginas 28-38

Revisión Pormenorizada de Homicidios de Mujeres en las Relaciones de Pareja en España

[In-depth review of intimate partner homicide against women in Spain]

José L. Gonzáleza, Mª José Garridob, Juan J. Lópezc, José M. Muñozd, Ana Arribase, Pablo Carbajosaf y Enrique Ballanog


aSecretaría de Estado de Seguridad, Gabinete de Coordinación y Estudios, Madrid, España; bGuardia Civil, Unidad Técnica de Policía Judicial, Madrid, España; cPolicia Nacional, Unidad Central de Familia y Mujer (UFAM), Madrid, España; dTribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, España; eInstituto de Ciencias Forenses y de la Seguridad, Universidad Autónoma de Madrid, España; fColegio Oficial de Psicólogos de Madrid, España; gSecretaría General de Instituciones Penitenciarias, Madrid, España


https://doi.org/10.5093/apj2018a2

Recibido a 27 de Febrero de 2017, Aceptado a 26 de Mayo de 2018

Resumen

La manifestación más extrema de violencia es el homicidio, que inquieta más cuando se produce en las relaciones de pareja, donde la mujer tiene seis veces más riesgo de morir. Aunque España presenta una tasa de homicidios de mujeres inferior a las medias europea y mundial y cuenta con políticas para reducir esta violencia, se siguen registrando homicidios. Para evitar más muertes es necesario estudiar el fenómeno a fondo. Desde 1990 se han creado en distintos países equipos de revisión de homicidios en el entorno familiar, que los analizan de manera multidisciplinar, especialmente los de mujeres, para determinar factores comunes y qué cambios sería necesario implementar para evitar futuras muertes violentas. Se revisan las características de los equipos internacionales y se describe el origen, composición y operativa del Equipo Nacional de Revisión Pormenorizada de Homicidios en el contexto de la Violencia de Género (EHVdG) de España.

Abstract

Homicide is the most extreme sign of violence. It generates social anxiety when occurs in personal relationships,  usually women are six times more likely of being murdered. Although Spain has an intimate partner homicide rate against women below the European and the world averages and has policies to reduce all forms of gender-based violence, homicides continue to happen. So, to avoid further deaths, it is necessary to study the phenomenon extensively. Since 1990, homicide review teams in the family context have been developed in different ries. These teams this kind of deaths in a multidisciplinary way in order to determine the common factors they present and the changes that should be implemented to avoid future violent deaths. This paper reviews the characteristics of the international teams, and also describes the origin, composition, and the operational structure of the recently d National Team for In-Depth Homicide Review of Gender Violence (EHVdG) in Spain.

Palabras clave

Homicidios de pareja, Violencia de género, Violencia contra la mujer, Equipos de revisión, de homicidios de pareja

Keywords

Intimate partner homicide, Gender violence, Violence against women, Intimate partner homicide, Review teams

Correspondencia: jlga@interior.es; jlgonzalez@cop.es (J. L. González).

Introducción

La violencia en las relaciones de pareja se define como cualquier comportamiento que cause o pueda causar daño físico, sexual y/o psicológico entre personas relacionadas de manera íntima (OMS, 2016). Al margen del estado civil, orientación sexual o estado de cohabitación, esta violencia puede surgir en todo tipo de parejas (heterosexuales u homosexuales), en distintos momentos de la relación (inicio, consolidación y/o ruptura) y en diferentes edades. Es un fenómeno que se considera un grave problema social e incluso de salud pública, dado su impacto sobre la morbilidad y mortalidad de la población (Arias e Ikeda, 2008).

Estudios realizados en diferentes culturas sugieren que se trata de un fenómeno universal, complejo y multidimensional que afecta a cualquier estrato social (Menéndez, Pérez y Lorence, 2013; Muñoz y Echeburúa, 2016). Aunque los datos varían ostensiblemente, es un fenómeno con elevada prevalencia en las diferentes muestras analizadas (forense, comunitaria y clínica), siendo las agresiones físicas leves y las agresiones psicológicas las que obtienen mayor prevalencia (Graña y Cuenca-Montesinos, 2014). No obstante, los daños más graves (lesiones severas y homicidio) los sufren principalmente las mujeres, lo que explica el interés por el estudio sistemático de este tipo de violencia cuando la víctima es precisamente la mujer (Chan, 2011; Straus, 2011).

Para profundizar en el fenómeno de la violencia de pareja contra la mujer en España pueden consultarse, por ejemplo, el portal web de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género (DGVDG; ), la guía práctica de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género (Consejo General del Poder Judicial, CGPJ, 2016a) o el manual de la Unión Europea sobre buenas prácticas policiales para combatir la violencia contra la mujer (Gabinete de Estudios de Seguridad Interior, 2010). La lucha contra este fenómeno en España condujo, entre otros, al dictado de la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia contra la Mujer 2013-2016 (Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, MSSSI, 2013a), que unificaba en un mismo documento 284 actuaciones de los poderes públicos para avanzar en la eliminación de la violencia contra la mujer en sentido amplio y, de forma particular, abordar la violencia de género en sentido estricto, dada su magnitud e incidencia social.

Necesidad de Estudio Científico

Para combatir cualquier fenómeno relevante es imprescindible conocerlo bien. Con respecto a la violencia contra la pareja (VCP), no será hasta la mitad del siglo pasado cuando se despierte el interés científico por este fenómeno, a la vez que se toman las primeras medidas legales y se destinan recursos profesionales para su prevención e intervención en los distintos ámbitos: educativo, sanitario, jurídico, policial, laboral, etc., despertándose la sensibilización y rechazo social, y pasando de ser un asunto privado a un problema social emergente (Lila, 2010).

Esta nueva situación ha sido producto, fundamentalmente, del movimiento de liberación de la mujer, y más específicamente de lo que se ha denominado como el movimiento de las mujeres maltratadas, estrechamente relacionado con el pensamiento y acción feministas (Medina, 2002). En España, aunque este movimiento apareció más tardíamente, en las últimas tres décadas, y sobre todo desde mediados de los años noventa, la VCP ha ido adquiriendo cada vez mayor protagonismo en la agenda política, superando en la actualidad a países como Estados Unidos ( Jose, O´Leary, Graña y Foran, 2014). En este sentido, se han ido sucediendo diversas reformas sociales y legislativas, que culminaron con la aprobación de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que pretende dar una respuesta global a este tipo de violencia, atendiendo a aspectos preventivos, educativos, sociales y asistenciales, siguiendo las recomendaciones de los organismos internacionales (Martín-Álvarez, 2009). Aunque esta concienciación no es igual en todas las partes del mundo, desde el año 2002 la Organización Mundial de la Salud considera este fenómeno como un problema de salud pública, aplicándose para su análisis la metodología epidemiológica, de vigilancia y etiológica, para desarrollar programas de prevención y someterlos a prueba (Arias e Ikeda, 2008).

La VCP ha sido mayoritariamente interpretada desde el histórico desequilibrio de poder entre hombres y mujeres (discriminación estructural), considerándose un grave atentado contra los derechos humanos, en general, y contra los derechos de la mujer, en particular (Laurenzo, 2012). Para su forma más grave, el homicidio, se han acuñado incluso términos propios, como femicidio o feminicidio (este último aceptado recientemente en el diccionario de la Real Academia Española como “asesinato de una mujer por razón de su sexo”), aludiendo a las muertes de mujeres por ser mujeres a manos de varones, con o sin relación previa, como resultado extremo y más grave de la violencia de género, que ocurre tanto en el ámbito privado como en el espacio público, y a la pasividad de ciertos Estados para abordar este problema (Boira, Marcuellos, Otero, Sanz y Vives-Cases, 2015). La Ley Orgánica 1/2004 adopta esta perspectiva en España, siendo pionera en nuestro entorno europeo, al tratar la VCP como un tipo de violencia de género y no como parte de la violencia doméstica o familiar (Sanmartín, Iborra, García y Martínez, 2010).

En la actualidad, esa explicación ha sido completada por teorías más complejas y multicausales, que señalan la interacción de distintos factores de riesgo provenientes de distintas fuentes -características individuales de víctima y victimario, de la dinámica de relación de pareja creada y del contexto sociocultural- (Arbach y Andrés-Pueyo, 2014; Puente-Martínez, Ubillos-Landa, Echeburúa y Páez-Rovira, 2016) y que incorporan el sexismo y la misoginia, con una presencia más o menos relevante o central, según los modelos (Ferrer y Bosch, 2014).

No obstante, el estudio científico de la VCP (cuantificación y características asociadas a su inicio y desarrollo) se ha visto limitado, principalmente, por las diferentes conceptualizaciones del fenómeno utilizadas por los investigadores, en ocasiones condicionadas por tintes ideológico-políticos, lo que ha influido en la forma de recogida de información, y por consiguiente en los datos obtenidos y su posterior interpretación (Vázquez, 2010). Además, como ocurre con otras formas de violencia, la complejidad del fenómeno y la dificultad de acceder a la globalidad del mismo suponen una importante limitación, resultando frecuente que solo se analicen los casos detectados, registrados en estadísticas oficiales, bien desde el sistema de justicia (policía, juzgados o instituciones penitenciarias) o bien desde el ámbito asistencial (centros de salud, casas de acogida, servicios de atención a víctimas, etc.). En este sentido, las encuestas de victimización, aunque no exentas de limitaciones metodológicas, han servido para completar la realidad del fenómeno (Menéndez et al., 2013).

El Homicidio de la Mujer en las Relaciones de Pareja

El homicidio, sin embargo, al tratarse de la forma más grave a la que puede llegar la VCP, permite conocer la totalidad de casos y acceder a los mismos, lo que supone una ventaja para su tratamiento científico. Suele citarse el trabajo de Wolfgang (1958) como el primer estudio empírico sobre homicidios, dedicando un apartado del mismo al análisis de cien casos de homicidios entre cónyuges. A su vez, Campbell ha sido una autora pionera en centrar el estudio de los homicidios de pareja en los casos en los que la víctima es la mujer (en adelante feminicidio), puesto que la mayoría de las investigaciones abordaban el homicidio de pareja como un tipo de violencia familiar o doméstica. Fruto de sus investigaciones, esta autora elaboró en 1995 una herramienta de predicción de riesgo de feminicidio, denominada Danger Assessment Tool (DA), con adecuada validez predictiva (Campbell, Webster y Glass, 2009).

Esta preocupación específica por el feminicidio está justificada, porque si bien a nivel mundial el 79% de las víctimas de homicidio son hombres, en el contexto de pareja las mujeres tienen un riesgo cinco veces mayor de ser asesinadas por sus compañeros o excompañeros íntimos (Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, UNODC, 2014). En una revisión sistemática reciente (Stöckl et al., 2013) de 227 trabajos sobre homicidios de pareja, con datos de 66 países, se informa de que uno de cada siete homicidios (13.5%) lo perpetra la pareja, siendo la tasa de asesinatos de mujeres pareja seis veces más alta que la de varones (38.6% vs. 6.3%). La Organización Mundial de la Salud (OMS, 2016) también informa de que casi el 40% de las mujeres que son asesinadas mueren a manos de su pareja masculina. El 47% de todas las victimas femeninas en el mundo en 2012 fueron asesinadas por su pareja o familiares, en comparación con menos del 6% de las víctimas masculinas (UNODC, 2014). En España, en un estudio realizado en el marco de la violencia familiar a partir de todos los casos de homicidio y asesinato, consumados o en grado de tentativa, con sentencia firme entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2010, las mujeres conformaban el 70.9% de las víctimas, siendo el agresor en el 60% de los casos la pareja o expareja (Soria, 2012). España, en comparación con la media Europa y mundial, es de los países con las tasas más bajas de feminicidios, al registrarse un 2.81 frente al 3.94 y al 5.04 por millón de mujeres mayores de 14 años, respectivamente (Corradi y Stöchl, 2014; Sanmartín et al., 2010), con cifras anuales que oscilan entre un máximo de 76 mujeres muertas en el año 2008 y un mínimo de 44 en el año 2016 (ver Figura 1).

Aunque los datos españoles parecen mejores que los de otros países y con tendencia a la baja, la sociedad considera intolerable un solo feminicidio, especialmente cuando la mujer había presentado denuncia previa contra su agresor y se encontraba bajo seguimiento asistencial y protección policial, lo que obliga a las instituciones públicas a seguir prestando mucha atención a este fenómeno, estudiándolo a fondo, en pos de la identificación de factores que permitan prevenirlos y lograr así su erradicación.

En 2013 se inició la COST ACTION IS-1206 Femicide Across Europe (), que con un recorrido de 4 años cuenta con la participación de 30 países (incluida España) y 78 personas expertas internacionales para analizar el feminicidio en Europa desde una perspectiva interdisciplinaria (Sanz-Barbero, Otero-García, Boira, Marcuello y Vives-Cases, 2016).

En España también se han realizado algunos estudios sistematizados sobre el homicidio de mujeres en las relaciones de pareja (que se resumen en la Tabla 1), pero existe una enorme dificultad para comparar los datos publicados, por no darse uniformidad en los criterios de investigación. Principalmente se han desarrollado estudios censales, con base en el análisis de estadísticas, y estudios muestrales, cuyo diseño no es siempre controlado (Contreras, 2014), en los que se utilizan diferentes muestras (cónyuges, convivientes, parejas de hecho, etc.) y se estudian distintos tipos de violencia (homicidio o asesinato consumado o frustrado); también difieren los grupos de comparación (homicidas de pareja con y sin suicidio, homicidas vs. maltratadores, homicidas de pareja vs. homicidas fuera del ámbito de la pareja, etc.) y se utilizan diferentes fuentes de datos (víctimas, agresores, informes, estadísticas, etc.). Todo ello conduce a resultados y conclusiones dispares, dependiendo de los objetivos del investigador.

Tabla 1

Estudios sistematizados realizados en España sobre homicidios de pareja en el contexto de género

La Valoración del Riesgo de Homicidio en la Violencia contra la Pareja

La estimación del riesgo de homicidio en el marco de las relaciones de pareja constituye un importante y complejo reto de actualidad, y aún son muy escasos los instrumentos específicos de predicción de la violencia letal, destacando la herramienta Danger Assessment (DA) (Campbell, 1986), el formulario MOSAIC-20 (De Becker, 1997; De Becker et al., 2000) y el Programa de Evaluación de la Letalidad de Maryland mediante el cuestionario Lethality Screen for First Responders (Sargent y Campbell, 2008). La heterogeneidad en la génesis de los sucesos, la baja prevalencia de los episodios y las limitaciones propias de la ética en la investigación dificultan los estudios y las estimaciones en términos estadísticos. Los instrumentos más reputados de evaluación del riesgo de violencia contra la pareja presentan una sensibilidad en la valoración del riesgo de homicidio que supera el 90%, pero la especificidad apenas llega al 20%, siendo necesario complementar las predicciones con instrumentos específicos que reduzcan el nivel de falsos positivos y mejoren la capacidad predictiva, especialmente en el contexto jurídico (Messing, Campbell, Wilson, Brown y Patchell, 2017).

La investigación internacional donde se comparan con otros grupos de agresores -o de menor nivel de agresión- comienza a aportar información interesante. Por ejemplo, se sugiere que los homicidas domésticos, en comparación con los no domésticos, se caracterizan por utilizar menos armas de fuego y más armas blancas, presentan menos características antisociales de personalidad, más trastornos mentales de tipo psicótico y de estado de ánimo, más consumo de alcohol durante la agresión mortal, un historial de violencia más reducido, puntuaciones más bajas en inteligencia general así como en pruebas de rendimiento de funciones ejecutivas y muestran lesiones cerebrales y antecedentes por trastornos craneoencefálicos en un alto porcentaje de casos (Hanlon, Brook, Demery y Cunningham, 2015). En Suecia, Belfrage y Rying (2004) compararon todos los casos de feminicidio entre 1990 y 1999 con el resto de homicidios, encontrando una tasa cuatro veces más alta de suicidios en los casos de feminicidio, así como trastornos mentales y la comunicación de la ruptura como precipitante de la agresión, sugiriendo que los policías podrían identificar a este tipo de agresores antes de que actúen. La fuerte asociación entre feminicidio seguido de suicidio indica que podría estar más ligada al resultado que a la intención. De esta manera, Eke, Hilton, Harris, Rice y Houghton (2011) encontraron que los suicidios posteriores a los feminicidios se contabilizaron en un porcentaje mucho mayor en los casos consumados en comparación con las tentativas.

En suma, el feminicidio es un fenómeno complejo que debe ser abordado con mucho rigor, porque la predicción de este riesgo tan singular precisa de diseños de investigación relacionales de casos y controles, y no se puede hablar de factores de riesgo solo a partir de sencillos estudios descriptivos. Si bien es posible que el feminicidio y la violencia menos grave producida en este ámbito de pareja compartan algunos indicadores de riesgo, faltan estudios que determinen empíricamente los mejores factores asociados al feminicidio y que se validen instrumentos específicos para cada tipo de suceso a predecir en los diferentes contextos culturales, como el español.

Para seguir profundizando en el feminicidio en España y mejorar la predicción del riesgo, el presente trabajo tiene como primer objetivo la revisión de las distintas prácticas internacionales sobre el análisis pormenorizado de los feminicidios. Luego se comentarán algunos antecedentes al abordar esa revisión pormenorizada en nuestro país, explicando las circunstancias que han llevado a que se constituya un equipo nacional, coordinado desde el Ministerio del Interior. Y se terminará detallando la organización y los procedimientos de dicho equipo.

Equipos de Revisión de Homicidios de Violencia Familiar o Doméstica: Panorama Internacional

En 1990 se desarrolló una forma de investigar y de aproximarse de manera profunda al feminicidio con la creación en Estados Unidos de los primeros equipos de revisión pormenorizada de homicidios de violencia familiar o doméstica (Domestic/Family Violence Death Reviews, D/FVDRs), que se fueron extendiendo paulatinamente a Canadá en 2003, Nueva Zelanda en 2008, Australia en 2009 y Reino Unido en 2011, con diferentes denominaciones (ver Tabla 2).

Tabla 2

Equipos internacionales de revisión de homicidios por violencia doméstica

Todos estos equipos comparten tanto el objetivo principal (que es la disminución de la tasa de homicidios dentro de la familia y pareja) como los objetivos específicos: creación de bases de datos específicas, identificación de factores de riesgo, elaboración de programas de prevención y de informes y recomendaciones para mejorar la coordinación y la comunicación entre los diferentes organismos implicados en la lucha contra la violencia doméstica, tanto a nivel local como estatal, identificando los problemas y fallos que se hayan podido dar (Chanmugam, 2014; Jaffe, Dawson y Capmbell, 2013; Marsh, Murray, Flasch, Doom y Snyder, 2015; Watt y Allen, 2008).

Estos equipos parten de la perspectiva holística de analizar múltiples factores de riesgo procedentes de las cuatro fuentes de datos principales asociadas a la violencia de pareja (víctima, victimario, dinámica relacional y contexto socio-cultural), manejando diferentes fuentes de datos (archivos policiales, sentencias judiciales, informes técnicos y entrevistas personales, principalmente). Con una conformación multidisciplinar de expertos en violencia familiar o doméstica de diferentes procedencias (policías, forenses, trabajadores sociales, fiscales, forenses, criminólogos, sanitarios, etc.), su estructura de trabajo es bastante similar, salvo con los matices que determina cada marco sociopolítico y legislativo, recorriendo cuatro etapas: a) selección del caso, b) recogida de información, c) reunión y discusión de los datos y d) elaboración del informe y difusión de resultados (Burgeja, Dawson, McIntyre y Walsh, 2015).

El primero de estos equipos se estableció en San Francisco (EEUU) después del asesinato de Veena y el suicidio de Joseph Charan en 1991. El caso cobró gran auge mediático debido a que quince meses antes de su muerte Veena estuvo buscando apoyo en varias agencias gubernamentales e interpuso numerosas denuncias ante la policía. A pesar de conseguir una orden de alejamiento, quebrantada en numerosas ocasiones, fue asesinada delante del colegio de su hijo y luego el autor se suicidó. El equipo multidisciplinar que se creó para revisar el caso puso en evidencia la falta de comunicación entre los diferentes servicios y agencias norteamericanas y la necesidad de cambios para evitar que se pudiera repetir una situación parecida, identificando elementos clave y recomendaciones que ayudaran a predecir y prevenir tragedias similares. Siguiendo el ejemplo de California, surgieron otros equipos por todo el país, de modo que actualmente se cuenta con 175 equipos en 41 Estados, que se denominan Domestic Violence Fatality Review Team (DVFRT). Cuentan con protocolos consensuados para la revisión de los homicidios y están dirigidos desde los órganos gubernamentales y judiciales de cada Estado (no integrados en una estrategia nacional). No obstante, se ha creado también el National Domestic Violence Fatality Review Initiative (http://ndvfri.org/), un centro de recursos dedicado a la revisión de la violencia domestica severa, financiado por la Oficina de Violencia contra la Mujer (OVW) del Departamento de Justicia, que funciona también como centro de intercambio de información sobre el trabajo de campo para integrar las diversas revisiones y elaborar recomendaciones. Cada Estado publica informes anuales sobre el trabajo realizado y las recomendaciones a sus instituciones (ver, por ejemplo, Woods-Littlejohn, Brown y Wilson, 2008).

Siguiendo los pasos de EEUU, en 2003 Canadá creó su primer equipo de revisión pormenorizada en el territorio de Ontario, por mandato judicial. En la actualidad son 5 las provincias que han establecido equipos de revisión y estudio pormenorizado de las muertes producidas por violencia doméstica, denominados Domestic Violence Death Review Comittee (DVDRC). También cuentan con una iniciativa gubernamental (Canadian Domestic Homicide Prevention Initiative, CDHPI; ), que permite el intercambio de conocimiento tanto a nivel estatal como internacional (Campbell, Hilton, Kroop, Dawson y Jaffe, 2016). Son equipos dirigidos por estrategias no nacionales, siendo los Jueces de Instrucción o el Ministerio de Servicios Humanos los encargados de dirigir las actividades. Cuentan con financiación pública y privada. Sus recomendaciones han producido resultados como la Iniciativa de Evaluación y Gestión de Amenazas en las Relaciones de Pareja (ARTAMI) y la aprobación de mandatos, como el Bill 168, para identificar en el lugar de trabajo compañeros o compañeras que puedan sufrir violencia doméstica.

En Nueva Zelanda se creó un equipo nacional en el año 2008, denominado Family Violence Death Review Committee - FVDRC (2016), para asesorar de manera independiente al Ministerio de Salud, pero que también trabaja en estrecha relación con los de Justicia y Desarrollo Social y con la policía. En 2011 la Health Quality and Safety Commission (HSQC) asumió la responsabilidad de este equipo, siguiendo la enmienda 2010 de Salud Pública y Discapacidad de Nueva Zelanda. Cuenta con un máximo de 8 integrantes, de composición variada, además de que 6 consejeros del Gobierno hacen función de asesoría y control. Opera en las cinco regiones a lo largo del país, a través de paneles o grupos de revisores locales que llevan a cabo las revisiones de cada jurisdicción. Está dirigido por una estrategia nacional y financiado a través del Ministerio de Salud. Han creado un sistema integrado para proporcionar servicios a las víctimas y realizar recomendaciones a los organismos, de forma pública y privada (FVDRC, 2016).

En Australia ocurre lo mismo que en EEUU y Canadá en cuanto a la división territorial, lo que determina que se hayan creado diferentes equipos dentro de un mismo país que se denominan genéricamente Domestic Violence Death Review Team (DVDRT). El primer equipo se estableció en el Estado de Victoria en 2009, seguido de los equipos de Queensland, New South Wales, South Australia y Western Australia. Los cuatro primeros dependen de los Jueces de Instrucción, que es a quienes compete abrir los casos, y el último del Defensor del Pueblo. Están compuestos por entre 15 y 19 integrantes, multidisciplinares, nombrados por los ministros correspondientes de cada territorio. Reciben financiación de la National Family Domestic Violence Death Review Network (NFDVDRN), que se encarga de distribuir la dotación presupuestaria de los diferentes equipos. Al igual que en los otros países, publican informes anuales con sus actividades y recomendaciones (ver, por ejemplo, NSW DVDRT, 2015).

En el Reino Unido, tras la entrada en vigor de la base legal sección 9 de la violencia doméstica, la delincuencia y la ley de adultos en el año 2004, en 2011 se crearon los equipos denominados Domestic Homicide Review (DHR) para la revisión y estudio pormenorizado de las muertes producidas en personas mayores de 16 años en el ámbito de la violencia doméstica en los territorios de Inglaterra, Gales e Irlanda del Norte. La composición de los equipos está supeditada a la decisión del Secretario de Estado, bajo cuyo mando se encuentran, con financiación pública del gobierno y con una estrategia de carácter nacional. Tanto la financiación como la estrategia están regulados mediante mandatos legislativos. Las revisiones tienen carácter muy formal, con un plazo de 6 meses como máximo, solo ampliable en el caso de que surjan dificultades. Además, el Gobierno del Reino Unido imparte formación online para aquellas personas que quieran formar parte de los equipos. Al igual que los demás equipos de los diferentes países, elaboran informes anuales y recomendaciones, habiéndose revisado desde 2011 más de 400 homicidios (Home Office, 2016a, 2016b).

El Equipo Español de Revisión Pormenorizada de Homicidios de Pareja en el Contexto de la Violencia de Género (EHVdG)

Mandatos e Iniciativas Independientes

El interés y la preocupación institucional en España por las mujeres que pierden la vida en sus relaciones de pareja se ha venido reflejado en diferentes normas. Por citar las más recientes, en la Estrategia Nacional para la erradicación de la violencia sobre las mujeres 2013-2016 se ordenaba elaborar un protocolo común de actuación para el caso de víctimas mortales. En el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades 2014-2016 (MSSSI, 2014), cuyo eje 3 se dedicaba a la erradicación de la violencia sobre la mujer, se expresaba la preocupación por las mujeres víctimas mortales que no habían denunciado violencia de pareja previa. En el artículo 51.1 del Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de mayo de 2011 y ratificado por España en 2014 (Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, 2014), se indica que “las Partes adoptarán las medidas legislativas o de otro tipo necesarias para que todas las autoridades pertinentes puedan llevar a cabo una valoración del riesgo de letalidad, de la gravedad de la situación y del riesgo de reincidencia de la violencia a efectos de gestionar el riesgo y garantizar, en su caso, la coordinación de la seguridad y el apoyo”.

En cumplimiento de estos mandatos, diversas Instituciones se han venido ocupando en los últimos años de estudiar los casos de homicidio de mujeres en pareja. Por una parte, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FCS) implicadas en el “Protocolo de Valoración Policial del Riesgo de Violencia sobre la Mujer en los supuestos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre”, operativo a través del Sistema VioGén (Garrido, 2012; González, 2016; Zurita, 2014), han venido elaborando un informe interno cada vez que conocían e investigaban uno de estos asesinatos, conforme a lo establecido en el apartado 3.3. de la Instrucción SES 5/2008, que ordenaba “analizar pormenorizadamente los procedimientos de valoración del riesgo y la puesta en práctica de las medidas de protección, siempre que se produzcan disfunciones y en todos los casos de violencia de género con resultado de muerte, a fin de detectar las circunstancias, factores y variables no tenidas en cuenta, para incorporarlas al sistema y mejorar su funcionamiento”.

Por otra parte, la Instrucción Conjunta de los entonces Ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales, Interior y Administraciones Públicas para el seguimiento y coordinación de las actuaciones por las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en materia de violencia de género (aprobada el 27 de febrero de 2007), en la que se determinaba que las Delegaciones del Gobierno contarían con una Unidad de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer y que en todas las Subdelegaciones del Gobierno existirá una Unidad de Violencia sobre la Mujer, asignaba como una de sus tareas el seguimiento de la casuística mortal (apartado 2b). En 2013 se actualizó esta disposición, al dictarse la Instrucción Conjunta de los Ministerios de Justicia, de Interior, de Hacienda y Administraciones Públicas, de Empleo y Seguridad Social y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, sobre el funcionamiento de las Unidades de Coordinación y de Violencia sobre la Mujer de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares, que constituyen la Red Nacional de Unidades de Violencia sobre la Mujer (MSSSI, 2013b), que dedicaba el apartado 2.4 a las actuaciones en relación con las víctimas mortales por violencia de género. Así, se establecía que “las Unidades de Violencia realizarán un análisis de cada caso de víctima mortal, que contempla tanto la remisión de información a la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género como la convocatoria de una reunión de coordinación con los Organismos e Instituciones que participan y colaboran en la lucha contra la violencia de género en el territorio y la realización del correspondiente informe analizando, en cada caso, la aplicación de las medidas y recursos existentes o utilizados a efectos de prevenir la violencia de género y garantizar una protección integral a sus víctimas. En estas situaciones se procederá de conformidad con lo dispuesto en el Anexo 2 de la presente Instrucción”. Estableciéndose en ese Anexo 2 un protocolo de actuación en caso de muerte por violencia de género para elaborar dicho informe de seguimiento y cumplimentar una ficha para cada víctima mortal y otra específica para hijos e hijas, en virtud de las cuales la DGVDG elabora las estadísticas que publica en su página web.

También el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha venido elaborando desde el año 2009 informes que se publican en su web (), centrados en el análisis de las víctimas mortales en el ámbito de la pareja o expareja, incluyendo un estudio específico de los procedimientos judiciales cuando se hubieran presentado denuncias o se hubieran practicado de oficio actuaciones con anterioridad al resultado de muerte.

Y no se puede olvidar el interés de la Unidad de Violencia sobre la Mujer de la Fiscalía General del Estado (www.fiscal.es), que además de supervisar y coordinar la actuación de las Secciones contra la Violencia sobre la Mujer de todas las Fiscalías provinciales, también viene examinando la documentación procesal sobre los casos mortales.

Conveniencia de una Revisión más Pormenorizada

Como se ve, además de los esfuerzos académicos citados en apartados anteriores, desde hace muchos años en nuestro país distintas instituciones también vienen recogiendo datos sobre feminicidios y elaborando informes, en un esfuerzo en cierto modo disperso, que ayuda a describir el fenómeno pero que tampoco contribuye a explicarlo suficientemente de cara a prevenirlo. Y lo mismo puede decirse de la actividad de los medios de comunicación y de iniciativas del tercer sector (por ejemplo, www.feminicidio.net), que también se limitan a recopilar datos descriptivos de los casos, incrementándose la dispersión de esfuerzos y la guerra de cifras.

Para prevenir interesa ir más allá de la mera descripción, estudiando a fondo los factores determinantes de que una persona en concreto (agresor) perpetre una conducta de tal gravedad (asesinato, consumado o tentativa) contra su pareja en un momento espaciotemporal determinado y con un modus operandi concreto. Además, está constatado que entre un 70% y un 80% de las mujeres españolas asesinadas por sus parejas no habían denunciado previamente a sus agresores (CGPJ, 2016a, 2016b) y que de las que habían denunciado, algunas se encontraban bajo protección policial (incluidas en el Sistema VioGén) en niveles de riesgo bajos o no apreciados. Pues bien, además de describir puede ser muy importante identificar factores de riesgo, especialmente en esos casos “silenciosos” (no denunciados; Cobo, 2007). Estudiando una muestra significativa de feminicidios quizá se puedan recopilar indicadores que, si se agrupan, permitan identificar patrones explicativos que, a su vez, faciliten la prevención de la ocurrencia de casos futuros, mediante advertencias a las posibles víctimas y a las personas de su entorno. Pero hasta que no se haga un estudio más pormenorizado que los existentes no se sabrá si existen esos indicadores y si es posible detectar diferencias entre los casos silenciosos y no silenciosos. ¿Por qué no denunciaron las víctimas? ¿Acudieron a algún servicio? ¿En qué se diferencian de las que denunciaron? ¿Los agresores presentan características diferenciales? ¿Existen variables situacionales específicas de estos casos? El conocimiento de estos factores facilitaría el diseño de protocolos específicos de alerta y protección y de campañas de prevención con capacidad de impactar en las posibles víctimas.

Además, una revisión más exhaustiva que la existente facilitaría la inspección de los protocolos y procedimientos de las distintas instituciones implicadas -policiales, judiciales y asistenciales (psicológicas, jurídicas, sociales, sanitarias, etc.)- de modo que si se identifican disfunciones se podrían corregir, también en beneficio de la prevención.

Finalmente, un estudio en profundidad transmitiría a los ciudadanos, especialmente a los familiares de los implicados, el interés institucional genuino por comprender y abordar este tipo de sucesos y permitiría acumular información sobre el impacto de estos hechos en otras víctimas indirectas, identificando (por ejemplo) necesidades de menores que hayan quedado huérfanos e indicadores específicos para los casos en donde se haya asesinado también a los menores. En este sentido, en otros países existen los Child Fatality Review Team [equipos específicos de revisión de asesinatos de menores], que en algunos casos se coordinan con los DF/VFRT.

Conveniencia de Coordinar un Equipo Nacional, que Trabaje sobre el Terreno, Formado por Expertos Estables y de Procedencia Multidisciplinar

Los feminicidios en España presentan, afortunadamente, una prevalencia muy baja (Sanmartín et al., 2010), por lo que para estudiar una muestra suficientemente representativa hay que contemplar varios años. Como casi cualquier otro delito, el feminicidio no entiende de territorios políticos ni de demarcaciones policiales, dándose en todo el país y en zonas rurales y urbanas, lo que aconseja adoptar un enfoque de Estado y centrar los esfuerzos en una iniciativa única, que permita obtener una visión global del fenómeno. Además, aunque un caso se produzca en una localidad concreta, su revisión pormenorizada (como se verá más adelante), puede conducir a otras localidades, de la misma provincia o de otras y los análisis deben incluir variables contextuales de los homicidios: características concretas de las zonas y población donde se producen. Disponer de este tipo de información de carácter macro serviría para diseñar campañas de prevención específicas para las zonas y colectivos detectados de alto riesgo (donde se aglutinen mayor número de casos mortales), determinando qué zonas (barrios) y/o poblaciones requieren mayor inversión en recursos de vigilancia y protección.

Por otra parte, la revisión pormenorizada no se puede realizar desde una sede fija en una institución, porque mucha información significativa, anterior y posterior al suceso no se encuentra documentada por escrito. En los atestados policiales y a lo largo del proceso penal contra el homicida (cuando no se ha suicidado) sólo se recogen datos de interés procesal referidos a la descripción exhaustiva del hecho puntual del homicidio, sin profundizar en los sociodemográficos, ni en las dinámicas ni en la historia de la relación de la pareja. Y, además, esos datos están resumidos o elaborados por los redactores, que seguro que conservan más información. Por su parte, los ficheros asistenciales (si existen) son confidenciales y no tienen por qué haber sido aportados al proceso judicial, con lo que puede que no aparezcan en los Sumarios. Es imprescindible, por tanto, desplazarse hasta las fuentes de datos institucionales para recoger directamente (mediante entrevista personal) las impresiones de los intervinientes y sus notas operativas, además del resto de datos que hayan podido quedar dispersos y fragmentados. En este mismo sentido, otras fuentes de información fundamentales son las personas cercanas a la víctima y al agresor: familiares, amistades, compañeros laborales, ocio, etc., que nunca se suelen explotar a efectos estadísticos y con las que naturalmente no queda más remedio que hablar en persona para obtener sus impresiones, con la dificultad de que no tienen por qué residir cerca unas de otras. La principal fuente de información es el propio agresor, que de permanecer con vida (algunos se suicidan) puede encontrarse privado de libertad en establecimientos penitenciarios, por lo que para obtener su versión hay que visitarle y entrevistarle, previo consentimiento informado expreso.

Para acometer estas tareas de campo, que consisten fundamentalmente en encuentros personales con las diversas fuentes (institucionales y de los entornos de víctima y agresor) hacen falta especialistas que tengan la estabilidad necesaria a lo largo del tiempo y bien entrenados tanto en entrevista de investigación como en habilidades comunicativas, puesto que cabe anticipar dificultades por la emocionalidad que suscita el tema (desde hostilidad a suma tristeza), que habrá que saber manejar tanto para vencer reticencias como para integrar y contrastar toda la información manejada: es normal que los familiares y amigos íntimos distorsionen la información aportada por sesgos derivados de su vinculación emocional con el dúo víctima-victimario. También conviene ser experto en autopsia psicológica y en perfilamiento indirecto de la personalidad.

Por último, para evitar posibles sesgos en la recogida y análisis de los datos y asegurar la adecuada visión multidisciplinar, conviene que la revisión pormenorizada se haga desde diferentes perspectivas y colectivos profesionales: policías, psicólogos, operadores jurídicos, académicos, etc.

Constitución del Equipo Nacional Español: Antecedentes, Sede, Organización y Operativa

En noviembre del año 2007 los psicólogos criminalistas de la Sección de Análisis del Comportamiento Delictivo (SACD) de la Unidad Técnica de Policía Judicial de la Guardia Civil (González, 2015) revisaron de manera pormenorizada y sobre el terreno la muerte de una mujer a manos de su pareja en la localidad de Puente Arce (Cantabria), debido a que el autor, sobre el que pesaba un Orden de Alejamiento (y estando la mujer bajo protección policial), refería haber actuado en defensa propia después de una discusión por el reparto equitativo de bienes. Pocos meses después, en 2008, revisaron también pormenorizadamente en Alovera (Guadalajara) un doble homicidio por disparos de arma de fuego de otra mujer y su nueva pareja sentimental, a manos de la expareja de ella (también bajo Orden de Alejamiento), quien se suicidó posteriormente en presencia de su hijo de cuatro años de edad, tras hablar unos instantes con él. En 2011, con la revisión del triple homicidio de Degaña (Asturias), en el que murieron a puñaladas el padre, el hermano y la nueva pareja sentimental de una mujer (que resultó también gravemente herida) a cargo de su expareja, en presencia de sus dos hijos de 7 y 11 años de edad, la SACD acordó iniciar un estudio sistemático de los homicidios de mujeres en las relaciones de pareja ocurridos en la demarcación territorial a cargo de la Guardia Civil. El propósito de dicha iniciativa sería establecer los perfiles psicosociales de autores y víctimas (personalidad, inteligencia, actitudes, modo de vida, etc.) y de documentar el por qué se cometían los hechos en los momentos en que tenían lugar y del modo concreto en que se cometían, para identificar los factores de riesgo que pudieron precipitar el crimen y aquellos factores de protección que no funcionaron. Todo ello con la finalidad última de ayudar a prevenir y evitar en lo posible este tipo de sucesos.

En esta tarea se seguía el procedimiento habitual de análisis de las conductas criminales, a través del estudio del perfil criminológico del autor (aspectos físicos, psicológicos, socioeconómicos y geográficos), documentando su relación con las características de los hechos perpetrados, tanto las que se refieren al modus operandi y firma (acciones y comportamientos llevados a cabo para cometer los delitos, necesarios e innecesarios respectivamente) como las inherentes a las escenas de los crímenes (evidencias forenses) y las de las personas fallecidas (victimología). Para ello se procedía a recopilar datos fehacientes mediante entrevista a los investigadores, examen de la documentación elaborada por los mismos (diligencias testificales, informes técnicos de inspección ocular, informes operativos), examen de informes forenses y de laboratorio (autopsias, resultados de analíticas), examen de informes de otros profesionales (Servicios Sociales, médicos forenses, juristas, psicólogos, etc.), entrevistas a personas próximas a los implicados y entrevistas a los propios implicados (los homicidas, cuando no se habían suicidado). De este modo, hasta el año 2015 se llegó a revisar una veintena de casos, insuficientes para extraer conclusiones significativas por número y ámbito territorial, por lo que solo se podían avanzar informes descriptivos (Arribas, Barranco, García y Garrido, 2014; Sánchez, Arribas y Garrido, 2016; Sánchez, López-Romero, Carreño y Garrido, 2016).

Aprovechando este primer esfuerzo policial, bajo las premisas expuestas de extenderlo a nivel nacional, siguiendo la estela internacional para constituir en España un equipo “institucional, estable y multidisciplinar” de expertos entrenados en la “revisión holística” de los homicidios de género, con capacidad a nivel “nacional” y con sede central en alguna de las instituciones responsables de impulsar la lucha contra la violencia de género, durante los años 2014 y 2015 se dieron una serie de circunstancias que determinaron que asumiera la iniciativa el Gabinete de Coordinación y Estudios (GCE) de la Secretaría de Estado de Seguridad (SES). En 2014, en cumplimiento de un mandato gubernamental de tres ministerios, por ser el responsable de la administración del sistema VioGén dicho gabinete acometió la tarea de actualizar el Protocolo de Valoración Policial del Riesgo de Violencia sobre la Mujer en los supuestos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre (Consejo General del Poder Judicial, 2004). Para lo que se constituyó ya un equipo multidisciplinar formado por expertos institucionales y académicos (López-Ossorio, González y Andrés-Pueyo, 2016; López-Ossorio, González, Buquerín, García y Buela-Casal, 2016). Una vez iniciadas esas actuaciones, en 2015 la SES también encargó al GCE la elaboración de un informe criminológico nacional sobre homicidios, que naturalmente incluía el caso particular de los homicidios de mujeres en las relaciones de pareja. A estas dos circunstancias hay que sumar que compete a este Gabinete el impulso de la formalización de convenios de colaboración con universidades y fundaciones, públicas y privadas, para coordinar, entre otras, actividades de colaboración educativa y de investigación científica y que su personal directivo sea el que ostente la interlocución por parte del Ministerio del Interior con el resto de Instituciones especializadas en violencia de género (Fiscalía, CGPJ, DGVDG, etc.).

De este modo, para identificar indicadores de riesgo mortal que pudieran ser incorporados tanto en el protocolo de valoración policial de riesgo de violencia contra la pareja, como implementar estrategias para mejorar la coordinación a través del espacio VioGen entre las distintas instancias que intervienen en la lucha contra la violencia de género (Administración de Justicia, Instituciones Penitenciarias, policías autonómicas y locales y dispositivos de atención a víctimas) o ser objeto de cualquier otro tipo de estudios (como la predicción de la reincidencia en el entorno forense; Muñoz y Echeburúa, 2016), a lo largo del año 2015 el primer firmante de este trabajo asumió la tarea de organizar un equipo de expertos y de coordinar sus actividades al respecto, a diferentes niveles.

Para ello, al nivel más central se han incorporado expertos en violencia de pareja de la Guardia Civil, de la Unidad Central de Familia y Mujer (UFAM) de la Policía Nacional y de Instituciones Penitenciarias, con formación especializada y capacidad operativa y directiva como para coordinar a otro personal en sus respectivas instituciones, expertos del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid, de la Unidad de Violencia sobre la Mujer de la Fiscalía y del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ. Aunque se invitó a participar a los Cuerpos de Policía Autonómica de Cataluña y del País Vasco y al colectivo de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio de Justicia, todavía están pendientes estas incorporaciones.

Este Equipo Central se ocupa de planificar y de impulsar la revisión de los casos, facilitando la organización de Grupos de Revisión Provinciales en los diferentes territorios del país, a los que se incorpora el personal de las Delegaciones del Gobierno, de Órganos de la Administración Autonómica y expertos académicos de universidades y centros de investigación científica (profesores y alumnos de posgrados, especialmente psicólogos forenses y criminólogos) que, en virtud de convenios de colaboración con la SES, actúan de revisores de campo, bajo la tutela de personal policial, judicial (fiscales) y penitenciario de cada territorio y previa formación a cargo de los coordinadores centrales.

Los diferentes Grupos Territoriales utilizan una misma metodología, formalizada en un protocolo de revisión conforme a los procedimientos, materiales y experiencia recogidas por los equipos internacionales y la SACD, con las especificaciones que introduce nuestro contexto legal y procesal. Las revisiones revisten un carácter formal e institucional, por lo que los revisores están acreditados, y se tienen que ajustar al protocolo y procedimiento de actuación consensuado, de modo que gracias a la formación previa de todos los integrantes del equipo se asegure un mismo análisis y recogida de información con independencia del caso y del territorio. Se cuenta con un detallado protocolo de análisis que incluye un modelo de informe generalizado, una plantilla informatizada de recogida de datos, material formativo y modelos estándar de consentimiento informado y de documentos informativos a entregar a todas las personas que vayan a colaborar en la revisión.

Respecto al procedimiento de trabajo, se ha planificado la revisión retrospectiva de todos los feminicidios sucedidos desde el año 2010 a la actualidad, en todo el territorio nacional, con autor suicida o ya condenado, priorizando a los más recientes (ver Figura 2).

Cuando se organiza un Grupo Territorial se conforman Equipos Territoriales de cuatro o cinco revisores adecuadamente formados y se les asignan los casos y los tutores profesionales pertinentes, empezando la revisión por el examen de todos los documentos que se puedan recopilar de archivos, tanto policiales (atestados, diligencias e inspecciones técnico oculares) como judiciales (sumarios e informes forenses) e informes técnicos (servicios sociales, salud mental, informes penitenciarios, etc.). De ahí se identifican las personas susceptibles de entrevista personal (profesionales que hayan intervenido en el caso, personas significativas del entorno de la víctima y del victimario, así como, cuando sea posible, el propio homicida en el establecimiento penitenciario) que, a su vez, servirán de puente para localizar a otras personas. Esta tarea de entrevista es quizá la más ardua y la que mayores recursos ocupa, tanto de tiempo como por los desplazamientos que ocasiona, puesto que es habitual que las personas se encuentren dispersas en diferentes localidades e incluso provincias; cuando ocurre, unos equipos territoriales pueden apoyar a otros.

Cada caso se trabaja por completo por los miembros del Equipo Territorial asignados al mismo, quienes, una vez recogidos los datos, los analizarán de forma independiente, ponderando cada una de las variables objeto de estudio, buscando la concordancia interjueces y emitiendo un informe pormenorizado que recoja las características del caso, atendiendo a las cuatro fuentes de riesgo principales (víctima, victimario, dinámica relacional y contexto socio-cultural), identificando expresamente los factores explicativos del homicidio y, en los casos en los que existía denuncia previa, qué circunstancias pudieron impedir su detección. Si durante este análisis aparecen dificultades para consensuar, se consulta a personal más experto de otros equipos. Finalmente, toda la documentación y análisis se remite al Equipo Central, que será el encargado de elaborar los informes conjuntos en cuanto haya casos suficientes.

En el momento de elaborar este trabajo, incorporando los revisados por la SACD, se ha completado el estudio de 30 casos y están abiertos otros 20, habiendo participado expertos de los siguientes posgrados: Master en Análisis e Investigación Criminal e Investigadores del Instituto de Ciencias Forenses y de la Seguridad de la Universidad Autónoma de Madrid, Master en Perfilación y Análisis de la Conducta Criminal de la Universidad de Barcelona, Master Oficial en Psicología Jurídica y Forense de la Universidad de Granada, Master en Psicología Clínica, Legal y Forense de la Universidad Complutense de Madrid y Master Oficial en Análisis e Investigación Criminal de la Universidad a Distancia de Madrid. Es inminente la incorporación en breve de profesores y posgrados de las universidades de Salamanca, Oviedo, Valencia, La Laguna y Santiago de Compostela, quedando la puerta abierta a la incorporación de nuevos expertos interesados.

Conclusiones

En España, como en el resto del mundo, el homicidio perpetrado por la pareja o expareja sentimental es la principal causa de muerte violenta en el caso de las mujeres. Aunque es un fenómeno con bajas tasas de prevalencia, despierta una gran alarma social pero, paradójicamente, son escasos los estudios sistematizados realizados en nuestro país para conocer mejor la naturaleza de esta forma de criminalidad, los patrones, tendencias y elementos clave que permitan elaborar estrategias de intervención encaminadas a reducir e incluso erradicar el fenómeno.

Sin embargo, a nivel internacional hace décadas que existen equipos dedicados a esa tarea, que surgieron en EE. UU. y se han ido desplegando por otros países (Canadá, Nueva Zelanda y Australia), hasta llegar hace pocos años a Europa (Reino Unido). A pesar de presentar diferencias en cuanto a dependencia orgánica, estructura, composición o fuentes de financiación, estos equipos comparten los mismos objetivos y resaltan las ventajas de incorporar este tipo de iniciativas. Entre ellas, cabe destacar su capacidad para producir cambios en el sistema global de evaluación y detección del riesgo y en el diseño de políticas y protocolos de actuación más eficaces para combatir la violencia contra la pareja. Además, favorecen el incremento de la coordinación y comunicación entre los distintos organismos encargados de proteger y atender a las víctimas y de la gestión del riesgo de los agresores. En definitiva, la experiencia internacional pone de manifiesto la utilidad de estos equipos para mejorar el sistema de respuesta comunitaria coordinada de los países frente a los homicidios dentro de la pareja.

Adoptando esa visión internacional, por ser todavía necesario avanzar en la explicación del feminicidio en España y en el desarrollo de iniciativas institucionales para reducir su tasa, desde el año 2015 se está organizando en nuestro país un Equipo nacional de revisión pormenorizada de Homicidios de pareja en el contexto de la Violencia de Género (EHVdG), coordinado desde la Secretaria de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior. A pesar de su reciente implantación, la gran implicación estatal y autonómica de organismos públicos y privados (FCS, IIPP, Fiscalía, CGPJ, COP-M, Universidades, etc.) ha facilitado que se constituyan grupos de revisores compuestos por profesionales multidisciplinares altamente especializados en diferentes territorios (Madrid, Cataluña, Andalucía, etc.), con un marco de actuación común. Esta iniciativa, con una perspectiva holística, pretende un acercamiento lo más completo posible a los homicidios de mujeres en las relaciones de pareja. Como en todo proyecto científico dentro de las ciencias sociales y de la salud, su objetivo último es eminentemente práctico, pretendiéndose una mejor comprensión del fenómeno que, a su vez, permita predecir, prevenir, y por ende evitar, su aparición.

Referencias

Correspondencia: jlga@interior.es; jlgonzalez@cop.es (J. L. González).

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