Andrés Sotoca-Plaza1, Manuel Ramos-Romero1 y Alejandra Pascual-Franch2
1Unidad Técnica de Policía Judicial de la Guardia Civil, España; 2FAPMI-ECPAT, España
Recibido a 9 de Diciembre de 2018, Aceptado a 28 de Mayo de 2019
Resumen
La investigación empírica acerca de los consumidores de imágenes de abuso sexual infantil se ha incrementado en los últimos años, especialmente la relativa a aquellos que también pueden abusar de menores: los llamados agresores duales. La literatura científica muestra que los consumidores de tales imágenes y los delincuentes duales son diferentes en cuanto a sus características psicosociales y delictivas. Partiendo de ello, presentamos este artículo basado en un resumen de los principales estudios que abordan la temática con el objetivo de facilitar las principales características que discriminan a ambos grupos, así como las de las personas que solo abusan de niños de manera offline. Contar con perfiles diferenciales basados en la evidencia puede ser una herramienta de ayuda para el psicólogo jurídico en la gestión del riesgo de que un consumidor de pornografía infantil acabe abusando realmente de niños.
Abstract
Empirical research about child sexual abuse image viewers has increased in recent years, especially regarding those who may also abuse: the so-called dual offenders. Scientific literature shows that child sexual abuse image viewers and dual offenders are dissimilar regarding psychosocial and criminological characteristics. On this basis, we present this article based on a literature review of the main studies addressing this topic in order to provide the key characteristics which discriminate between both groups, and those child sexual abuse offenders who act offline. Having evidence-based differential profiles can be a useful tool for helping legal psychologists manage the risk of a child pornography offender deciding to abuse a child.
Palabras clave
Pornografía infantil, Abuso sexual infantil, Perfilado, Agresores dualesKeywords
Child pornography, Child sexual abuse, Profiling, Dual offendersPara citar este artículo: Sotoca-Plaza, A., Ramos-Romero, M. y Pascual-Franch, A. (2020). El Perfil del Consumidor de Imágenes de Abuso Sexual Infantil: Semejanzas y Diferencias con el Agresor offline y el Delincuente Dual. Anuario de Psicología Jurídica, 30(1), 21 - 27. https://doi.org/10.5093/apj2019a11
andressotoca@hotmail.com Correspondencia: andressotoca@hotmail.com (A. Sotoca).El delito de pornografía infantil no aparece con la eclosión de las nuevas tecnologías, sino que ya desde hace décadas se producían imágenes de abuso sexual, grabadas o impresas (Bates y Metcalf, 2007). No obstante, Internet ha supuesto una revolución en cuanto a la velocidad y facilidad con que se intercambia información y se producen contenidos de manera sencilla y anónima (Webb, Craissati y Keen, 2007). Como consecuencia, el consumo de imágenes de abuso sexual infantil va en aumento a nivel global (Bates y Metcalf, 2007). Muestra de ello es el último informe de Internet Watch Foundation (2017), que confirmó que 78.589 URL contenían imágenes de abuso sexual infantil, un 37% más que en el año 2016. Algunos autores como Cooper (2002) hacen referencia a la tripe A en el uso de internet: accesible, asequible y anónimo, lo que, sin duda, ha propiciado un aumento en la incidencia de los delitos sexuales contra niños de manera proporcional a la implantación de estas nuevas tecnologías en la sociedad (Edelmann, 2010). El hecho de que se trate de un delito que no implica contacto directo con la víctima (Wolak, Finkelhor y Mitchell, 2011) ha dado lugar a posiciones encontradas entre sectores que expresan un enorme rechazo social y otros que minimizan la responsabilidad de aquellos que poseen o comparten imágenes de abuso sexual infantil. De hecho, parece que el propio término “pornografía infantil” puede favorecer esta confusión, en tanto que posee una connotación de voluntariedad, por lo que distintos organismos internacionales recomiendan sustituirlo por el de imágenes de abuso sexual infantil (CEOP, 2012; ECPAT International, 2016a; Jones y Skogrand, 2005). De esta manera se pone de relieve que aunque el consumo de este tipo de archivos no implique contacto con un menor, el material existe porque se ha agredido o abusado sexualmente de un menor real en alguna parte del mundo (Interpol, 2003; Niveau, 2010; Quayle y Taylor, 2002) y que la demanda de este tipo de archivos favorece la perpetuación de los abusos. Debido a la proliferación de este material en Internet se han planteado cuestiones sobre la gestión del riesgo de este fenómeno. Sobre todo, una cuestión que se ha pretendido resolver a lo largo de la literatura científica es la probabilidad de que los consumidores de pornografía infantil puedan progresar a un delito de contacto sexual con un niño. Aunque no pueda establecerse una relación de causalidad entre consumo de pornografía infantil y posterior abuso sexual, es posible que los consumidores sean más propensos a buscar el contacto sexual con personas menores de edad que otros delincuentes sexuales (Seto, Cantor y Blanchard, 2006), puesto que sienten excitación ante ese tipo de imágenes. A consecuencia de ello, surge la pregunta de si es posible detectar a los llamados “agresores duales”: aquellos consumidores que, además, abusan de menores. Aunque el objetivo principal del presente artículo es resumir la evidencia empírica con respecto al perfil psicosocial y criminológico del consumidor de imágenes de abuso sexual infantil y del agresor dual, se comenzará por contextualizar el fenómeno, repasando las implicaciones legales del delito de pornografía infantil, las distintas fases de las que se compone (producción, distribución y consumo) y el contenido de las imágenes distribuidas y su vínculo con los distintos perfiles criminales. Las Imágenes de Abuso Sexual Infantil en el Marco Legal: el Delito de Pornografía Infantil A un nivel legal no ha sido hasta la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de Marzo, que modifica la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre, cuando se ha incluido una definición exhaustiva de esta tipología delictiva. Para esta actualización, el legislador tuvo en cuenta distinta normativa internacional como el Protocolo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (25/05/2000), la Directiva 2011/93/UE relativa a la lucha contra la explotación sexual de niños y la pornografía infantil, el Convenio del Consejo de Europa sobre ciberdelincuencia (23/11/2001) o la Directiva UE 2011/93/UE sobre lucha contra la explotación sexual de niños y la pornografía infantil. Así, según el artículo 189 del Código Penal español para poder considerar que un archivo contiene pornografía infantil debe mostrar representaciones visuales de menores o personas con discapacidad (se descartan novelas, textos y audios) participando en conductas sexuales explícitas, que englobarían, de acuerdo con el informe explicativo del Convenio de Budapest, el contacto sexual genital, oral o anal entre niños o entre un adulto y un niño, el bestialismo, la masturbación y los abusos sádicos. También se admite la desnudez de los niños pero sólo cuando exista una focalización en los órganos genitales y que del contexto se deduzca un ánimo lascivo. Del mismo modo, el Código Penal español considera punibles las imágenes realistas de menores, es decir aquellas en las que participen personas que “parezcan ser menores”, pero cuya minoría de edad no haya sido acreditada, los montajes o alteraciones de archivos utilizando imágenes de niños y las generadas por ordenador, siempre que cuenten con un grado de realismo muy alto. Las imágenes que no entren dentro de estos términos no serían consideradas legalmente pornografía infantil pese a que puedan despertar interés sexual en un adulto, lo que nos adentra en el fenómeno conocido como “parafernalia pedófila”. Este tipo de imágenes pueden incluir a menores vestidos en poses eróticas, niños en ropa interior, etc. Estos archivos, pese a no ser considerados delictivos, también se intercambian y distribuyen en la red y según ECPAT Internacional (2016a) habría que catalogarlos como material de explotación sexual infantil, puesto que es necesaria la instrumentalización de menores en su producción. La reforma del Código Penal español también incrementó el número de conductas que se pueden perseguir, ya que a la captación y utilización de menores para la realización de espectáculos exhibicionistas o pornográficos, así como la producción, venta, distribución, exhibición y/o tenencia de estos archivos, se añade la visualización dolosa –a sabiendas– de las imágenes de abuso sexual infantil. Esto permite perseguir a personas interesadas en imágenes sexuales de menores que accedan a ellas mediante streaming o reproducción directa de video, así como el acceso sin descarga a fotografías en páginas web de pornografía infantil. Producción, Distribución y Tenencia de Pornografía Infantil Con el fin de profundizar en este fenómeno conviene distinguir tres fases en torno a la problemática de la pornografía infantil en Internet: producción, distribución y consumo, aunque en algunos casos estén involucradas las mismas personas. Producción Aunque no existan datos precisos sobre los países que producen mayor cantidad de archivos de abuso sexual infantil, muchas de las imágenes que circulan por internet se han elaborado en Estados de Europa del Este, Sudeste Asiático, América Central y América del Sur, por lo que parece que existe una coincidencia con los principales países de origen de la trata de personas con fines de explotación sexual (ECPAT Internacional, 2016b). Las causas serían también comunes: legislación laxa, falta de medios y mayor nivel de pobreza. En ocasiones se producen en estos lugares pero por parte de agresores provenientes de países occidentales que acuden allí para abusar sexualmente de niños, en lo que se conoce como turismo sexual o explotación sexual infantil durante el viaje. No obstante, la producción doméstica de este tipo de archivos se produce en todo el mundo, sin que España constituya una excepción. En los últimos años, además, se ha incrementado la producción de este material a través del acoso sexual a niños en las nuevas tecnologías (grooming), que luego acaba distribuyéndose en círculos pedófilos. Distribución Los archivos de abuso sexual infantil se distribuyen de todos los modos por los que es posible distribuir ficheros a través de Internet: desde páginas web, servidores FTP, sistemas de compartición de archivos, sistemas de mensajería instantánea, foros, correo electrónico, newsgroups, teléfono móvil, redes sociales, skype, snapchat, whatsapp o redes P2P, hasta medios cerrados, encriptados y anónimos como la deep web o las redes de intercambio de archivos P2P de tercera generación, denominadas friend-to-friend (F2F), en las que es obligatorio recibir la invitación de un miembro de la red para formar parte de la misma. Consumo Aunque puede establecerse una relación entre la decisión de visualizar este tipo de material y la atracción sexual hacia los menores, es posible distinguir dos tipos de consumidores: (1) los de tipo exclusivo, los cuales solo descargan archivos de abuso sexual infantil y suelen padecer pedofilia y (2) los sexualmente indiscriminados o curiosos, que no tienen una atracción sexual preferente hacia menores sino que buscan estímulos sexuales infrecuentes (Beech, Elliott, Birgden y Findlater, 2008; Klain, Davies y Hicks, 2001; Taylor y Quayle, 2003). De este modo, aunque el diagnóstico de pedofilia es más frecuente entre usuarios de pornografía infantil que entre abusadores de menores, incluso entre abusadores con varias víctimas, no todo el que descarga este tipo de archivos sería un pedófilo (Maletzky y Steinhouser, 2002; Seto et al., 2006). En el consumo de imágenes de pornografía infantil cobran importancia las comunidades pedófilas o de apología de la pedofilia, así como los grupos de intercambio de imágenes. Siguiendo a Sotoca (2010), las comunidades pedófilas son grupos en los que se comparte una serie de ideas que favorecen una normalización de la pedofilia y de las relaciones sexuales con menores, así como una validación de las creencias disfuncionales de sus integrantes. Aunque este tipo de comunidades no son per se delictivas, porque la apología de la pedofilia no está tipificada en el Código Penal español, habitualmente se constituyen como el medio de conocer gente con la que tener la oportunidad de intercambiar imágenes de explotación sexual infantil por otros canales. Como se verá más adelante, esta apología tiene una importancia sustancial ya que aunque no se puede establecer una relación de causalidad, las cogniciones de tolerancia y apoyo a los delitos sexuales pueden facilitar su comisión (Ó Ciardha y Gannon, 2011). Contenido de las Imágenes de Abuso Sexual Infantil Diferentes autores advierten que el material visualizado difiere en función del interés sexual del usuario (Niveau, 2010; Quayle y Taylor, 2002; Seto y Eke, 2005; Seto et al., 2006). En este sentido, si bien es cierto que hay consumidores de pornografía infantil que no tienen preferencia por estas imágenes, preocupan especialmente aquellos usuarios que pueden ser selectivos en las imágenes que coleccionan en términos de género, edad y actividad sexual, ya que como veremos más adelante son variables que están relacionadas con un mayor riesgo de contacto sexual con menores. De esta forma, antes de adentrarnos en los perfiles de consumidor, abusador offline y agresor dual, conviene conocer las características de las imágenes, para lo cual se han propuesto distintas clasificaciones. Las clasificaciones de imágenes de abuso o explotación sexual infantil se han desarrollado en diferentes países como herramienta para la intervención, gestión e investigación del consumo de pornografía infantil, respondiendo cada una de ellas a unas necesidades y con unas aplicaciones específicas. Las escalas más conocidas en Europa son la escala del Proyecto COPINE (Combating Peadophile Information Networks in Europe), desarrollada inicialmente para sentar una base sobre la cual relacionar la pedofilia con el tipo de imagen visualizado, y la escala SAP (Sentencing Advisory Panel), con la finalidad de servir de apoyo a los jueces a la hora de establecer la pena en casos de consumo de pornografía infantil en función del contenido de las imágenes, objetivando así las sentencias. En España, la Guardia Civil llevó a cabo un estudio con el Instituto de Ciencias Forenses y de la Seguridad de la Universidad Autónoma de Madrid en el que, tomando como referencia las clasificaciones anteriores y utilizando una muestra de 400 vídeos y 4,116 fotografías, se desarrolló una escala de 6 niveles (Pascual, Giménez-Salinas e Igual, 2017). De este estudio se concluye que las imágenes compartidas en Internet tienen un contenido muy dispar. Así, se comparten desde imágenes sin ningún tipo de contenido sexual, como menores en bañador, archivos que entrarían dentro de la comentada parafernalia pedófila, hasta imágenes en las que se desarrollan actividades sexuales explícitas entre niños o entre niños y adultos (abuso sexual), algunas incluso cometidas de manera violenta (agresión sexual) o en la que participan animales (bestialismo). Tras un primer análisis descriptivo se concluyó que el mayor porcentaje de vídeos de abuso sexual infantil que se intervienen en España se sitúa en el nivel 4 (39%), es decir, en los que se produce una penetración del adulto al niño, siendo las víctimas principalmente de sexo femenino (77%), pre-púberes (61%) y de etnia caucásica (78%). Es importante contar con esta clasificación, en primer lugar por cuestiones de inteligencia, para conocer el tipo de imágenes que circulan por nuestro país, y en segundo lugar porque, como se ha comentado anteriormente, es una variable que puede apuntar hacia distintos perfiles de autor. Además, un aspecto clave es establecer cómo podría afectar al comportamiento posterior del delincuente la visualización de estas imágenes, especialmente a efectos de fantasías masturbatorias. En particular, se ha valorado si ver y fantasear sexualmente sobre este tipo de imágenes puede dar lugar a una progresión por parte del delincuente encaminada a cometer delitos de contacto sexual (Bates y Metcalf, 2007). Por tanto, se ha planteado la hipótesis de una escalada ascendente desde niveles inferiores hasta los de mayor gravedad, que podría culminar en el abuso sexual físico. No obstante, no está claro si es más peligrosa la visualización de imágenes de niveles superiores o inferiores, puesto que es frecuente que este tipo de delincuentes, incluso con perfil grave, almacenen archivos de niveles bajos, como menores desnudos en la playa, en el baño, relatos, comics o hasta imágenes de niños de su entorno en situaciones neutras para ser visualizadas durante la masturbación (Lanning, 2010; McCarthy, 2010; Quayle y Taylor, 2005; Wolak et al., 2011). Por otro lado, con independencia de si puede establecerse una progresión delictiva o no, podría existir una correspondencia entre las imágenes que se consumen y la conducta sexual que se lleva a cabo en delincuentes duales (por experimentar de manera real aquello con lo que se fantasea). Esta circunstancia podría tenerse en cuenta a la hora de rastrear la red en busca de personas que descargan pornografía infantil, si se estableciese que este tipo de autor entraña mayor riesgo de abusar físicamente de niños. Es decir, se trataría de inferir el perfil criminológico del autor a partir del material pornográfico consumido (Oswell, 2006). Perfil del Consumidor de Imágenes de Abuso Sexual Infantil, del Abusador Sexual de Menores y del Agresor Dual Como ya se ha indicado, tradicionalmente se pensaba que existía una escalada criminal en el consumidor de imágenes de explotación sexual infantil mediada por un mecanismo de habituación, que se iniciaba con la mera visualización de este tipo de material para finalizar con el abuso sexual real a un menor. Es decir, estas personas comenzarían consumiendo archivos de abuso sexual infantil pero necesitarían estímulos cada vez más potentes para conseguir el efecto deseado. De este modo, se buscarían archivos cada vez más graves y finalmente se acabaría por cometer un delito sexual físico contra un niño, cuando la visualización de material no fuese suficientemente estimulante. Tabla 1 Nota. Fuente: elaboración propia. Los autores difieren en los hallazgos sobre las siguientes variables: soledad emocional, asertividad y autoestima. 1Distorsiones cognitivas entendidas como pensamientos que apoyan el delito y creencias sobre sexo con niños. Sin negar que este proceso pueda ocurrir en algunos autores, actualmente se ha concluido que el consumo de material de explotación sexual infantil y el abuso sexual de niños son fenómenos delictivos independientes, que en ocasiones se dan simultáneamente en la misma persona (Saris et al., 2012). Ocurriría algo similar con la pedofilia. Existen delincuentes sexuales de niños que tienen pedofilia pero otros no (p. ej., oportunistas), así como consumidores de imágenes de abuso sexual infantil pedófilos y un porcentaje que no lo son (p. ej., curiosos o sexualmente indiscriminados) (Saris et al., 2012). A nivel científico se ha puesto el foco en las condiciones mixtas que, como puede apreciarse en la Figura 1 correspondería a las áreas de los círculos parcialmente superpuestas. Previamente a describir los resultados que los principales estudios a nivel internacional han encontrado en lo relativo al perfil del consumidor de pornografía infantil, del abusador de menores y de los delincuentes duales, es importante subrayar que se han llevado a cabo muchos trabajos que han tratado de responder a la cuestión sobre el riesgo de que los consumidores de pornografía infantil abusen realmente de un niño. No obstante, los hallazgos son contradictorios, existiendo algunos que han encontrado una clara asociación entre ambos fenómenos delictivos (Hernández, 2000; Wolak, Finkelhor y Mitchell, 2005) y otros que llegan a conclusiones contrarias (Calder, 2004; Riegel, 2004). Probablemente estos resultados denoten una variabilidad en los perfiles y, por tanto, una necesidad de seleccionar muestras amplias que permitan generalizar los resultados. Existen también trabajos, como el de Bourke y Hernández (2009) o el de Sheehan y Sullivan (2010), que alertan de que la pornografía infantil no siempre es el desencadenante de los abusos y que existen casos en los que los abusos se cometieron en primer lugar y el consumo de pornografía se utiliza como sustituto de los mismos. En cuanto al perfilado, aunque existen multitud de publicaciones que se han ocupado de este asunto (Bates y Metclaf, 2007; Neutze, Seto, Schaefer, Mundt, Beier, 2011; Nielssen, O´Dea, Sullivan y Large, 2011; Seto et al., 2006; Seto, Hanson y Babchishin, 2011; Sheldon y Howitt, 2008; Webb et al., 2007), habría que destacar los meta-análisis de Babchishin (Babchishin, Hanson y Hermann, 2011; Babchishin, Hanson y VanZuylen, 2014) y los trabajos previos y de validación del instrumento KIRAT (Kent Internet Risk Assessment Tool; Long, Alison y McManus, 2013; Long, Alison, Tejeiro y Giles, 2016; McManus, Long, Alison y Almond, 2015) por el tamaño muestral que tienen en cuenta en sus análisis. Por ejemplo, en su metaanálisis Babchishin et al. (2011) seleccionaron 27 estudios, por los que integraron una muestra total de 4.844 consumidores de pornografía infatil y 1,342 abusadores y en el del 2014 incluyeron 30 estudios con 2,284 consumidores, 2,320 abusadores y 1,086 agresores duales, lo que dota de mayor validez a los resultados. Estos estudios coinciden en señalar que el consumidor de imágenes de abuso sexual infantil presenta mayor adaptación psicosocial que el abusador y menos características de tipo antisocial: menos antecedentes delictivos, no consumo de sustancias, etc. Además, los consumidores muestran características psicológicas protectoras en comparación con los abusadores: mayor autocontrol, menos distorsiones cognitivas, mayor empatía y menor identificación emocional con la víctima. Es decir, parece que las personas que solo descargan pornografía infantil, aunque puedan tener una tendencia pedófila, presentan una serie de características que frenan el contacto físico con un niño. En la Tabla 1 se resumen los perfiles encontrados en la literatura científica. Por tanto, un primer factor psicológico relevante a tener en cuenta en la gestión de riesgo con personas que consumen imágenes de abuso sexual infantil es la presencia o ausencia de un patrón de conducta antisocial (antecedentes criminales, impulsividad, consumo de tóxicos, etc.) que pudiera actuar como desinhibidor o freno, respectivamente, del contacto sexual físico con niños. Además, se considera relevante la valoración de las posibles distorsiones cognitivas en relación al abuso sexual infantil, puesto que parece que son diferentes en consumidores que en abusadores. Los primeros suelen tener creencias que justifican el intercambio de imágenes y la incontrolabilidad de su comportamiento de descarga (Bartles y Merdian, 2016), mientras que los abusadores normalizan el contacto sexual con los niños, al considerar que tienen capacidad de consentimiento y que el abuso constituye una experiencia placentera que no puede generar ningún trauma (Ward y Keenan, 1999). Con respecto a los agresores duales, es decir aquellos delincuentes que descargan contenidos de explotación sexual infantil y además abusan de niños, produciendo en muchos casos material con las víctimas a las que agreden sexualmente, se confirma que presentan un perfil más cercano al abusador que al consumidor, en cuanto a los rasgos antisociales anteriormente mencionados, siendo además el grupo con mayores niveles de pedofilia y con mayor facilidad de acceso a niños en su entorno (familiares, vecinos, trabajo, etc). De ahí, la importancia de mejorar los protocolos de evaluación pericial de la pedofilia, tal y como se ha expuesto en otros trabajos (Herrero y Negredo, 2016), siendo el segundo factor psicológico más importante a tener en cuenta en el perfilado de este fenómeno delictivo. Tal es la relevancia de estos dos factores, pedofilia y conducta antisocial, que se ha propuesto un modelo que los tiene en cuenta para explicar el porqué unas personas llegan a abusar sexualmente de un niño de manera física y otras solo descargan imágenes, el Motivation-Facilitation Model de Seto (2017). Como puede apreciarse en la Figura 2, este modelo explica que existen una serie de personas “motivadas” al contacto sexual con niños debido a su pedofilia, lo que puede favorecer que consuman imágenes de abuso sexual infantil. No obstante, solo un pequeño porcentaje terminará agrediendo a niño de manera física, puesto que muchas de ellas poseen una serie de características psicológicas que actúan como freno (autocontrol, empatía con la víctima, etc.). Para que el abuso físico tenga lugar es necesario que el delincuente, además, presente una serie de rasgos que le desinhiban y “faciliten” ese comportamiento, como los rasgos antisociales o el consumo de sustancias y que se presente la oportunidad de tener acceso a un niño. Por tanto, una primera recomendación en el uso del perfil como herramienta para gestionar el riesgo de que consumidores de pornografía infantil lleguen a abusar físicamente de un niño es la valoración de la presencia o ausencia de rasgos antisociales y tendencias pedófilas, puesto que son dos factores asociados de manera significativa a los agresores duales. Además, los estudios señalan que es posible utilizar como fuente de información el tipo de imágenes que han descargado, siendo más frecuente que los delincuentes duales consuman imágenes de niños muy pequeños o selectivas en cuanto a género y edad, siendo estas características coincidentes con las de sus víctimas offline (Long et al., 2013; McManus et al., 2015). Por otro lado, este perfil de delincuente suele tener menor cantidad de imágenes pero de niveles extremos (muy graves o de parafernalia pedófila) y existe una relación positiva entre el tiempo que llevan descargando y abusando de menores, presentándose como delitos paralelos. Del mismo modo, relacionado con la mayor impulsividad de los agresores duales, es 26 veces más probable que un consumidor que haya realizado algún tipo de acercamiento físico con menores, por ejemplo a través de grooming, grabación encubierta, uso de webcam, etc. termine siendo un dual que el que no lo haya realizado. Por último, conviene aclarar que los resultados presentados en este trabajo proceden de investigaciones realizadas en países anglosajones, especialmente Reino Unido y Canadá, por lo que habría que tener cautela a la hora de generalizarlos a nuestro país. Se considera conveniente replicarlos para ver si se llega o no a las mismas conclusiones, algo que los autores de este artículo se encuentran realizando en el momento actual. La implantación de Internet en la sociedad ha traído consigo un aumento del intercambio de archivos de abuso sexual infantil, lo que a su vez ha favorecido que se planteen cuestiones sobre la gestión del riesgo de este fenómeno. Uno de los retos a los que se ha enfrentado la investigación científica es tratar de dar respuesta a la probabilidad de que un consumidor de imágenes de explotación sexual infantil termine abusando realmente de un niño. Para ello, se han estudiado las semejanzas y diferencias en los perfiles psicosociales y criminológicos de abusadores y consumidores, así como de los individuos que cometen ambos delitos simultáneamente, los agresores duales. Los resultados ponen de manifiesto que hay dos factores psicológicos particularmente importantes en esta cuestión, los rasgos antisociales y las tendencias pedófilas, que estarían presentes en una proporción mucho más alta en delincuentes duales que en personas que solo visualizan imágenes de abuso sexual infantil. De tal modo que estos dos factores se han recogido en un modelo explicativo sobre esta cuestión, el Motivation-Facilitation Model de Seto (2017). Para este autor, las personas que solo consumen material de abuso sexual infantil pueden estar motivadas al contacto sexual con niños, lo que denotaría una tendencia pedófila, pero para que lo ejecuten de manera física deben poseer unas características psicológicas desinhibitorias, como pueden ser los rasgos antisociales (impulsividad, ausencia de empatía con la víctima, etc.) o el consumo de sustancias, además de tener oportunidad de acceso a niños en su entorno. En este sentido, sería un indicador de riesgo el que hayan ejecutado comportamientos previos de acercamiento real hacia menores, por ejemplo a través de grooming, grabación encubierta, uso de webcam, etc. Otro de los elementos que pueden funcionar como facilitador psicológico son las distorsiones cognitivas. Éstas son diferentes en consumidores de pornografía infantil y agresores duales, teniendo estos últimos muchas más creencias que normalizan el contacto sexual con niños. Por tanto, la valoración de este tipo de cuestiones por parte del psicólogo jurídico puede ser de utilidad en la gestión del riesgo de que un consumidor de pornografía infantil acabe abusando realmente de niño. Por otro lado, la bibliografía científica también pone de manifiesto que son diferentes las imágenes que descargan consumidores y agresores duales, siendo más frecuente que los duales posean archivos de niños muy pequeños o selectivas en cuanto a género y edad (mostrando preferencia por un perfil victimológico específico), así como de niveles más extremos (muy graves o muy leves). En consecuencia, se considera de interés utilizar esta información en la gestión del riesgo tanto a nivel policial (priorizando a los usuarios de este tipo de imágenes en los rastreos que se realizan en Internet) como a nivel forense (analizando las imágenes que obren en los expedientes judiciales de los procesados). No obstante, los resultados puestos de manifiesto en este trabajo deben interpretarse con cautela puesto que se han obtenido principalmente en países anglosajones y no se han replicado hasta el momento en nuestro entorno. As a result of the development of new technologies and the Internet, there has been an increase in sexual crimes against children facilitated by the accessibility, affordability, and anonymity of these tools (Cooper, 2002). Due to the proliferation of child sexual abuse images on the Internet, it is planned, based on empirical methods, to perform the prediction of the risk that the viewers of these images could commit a sexual offense against one or more children. Having differential profiles based on evidence can help forensic psychologists manage the risk of these phenomena. The main objective of this paper is to summarize the empirical evidence regarding the psychosocial and criminological profile of both viewers of child sexual abuse images and dual offenders, the latter being those that both view child sexual abuse images and commit child sexual abuse. Sexual Abusive Images Viewers, Sexual Abusers, and Dual Offenders Profiles Viewing child abusive images and child sexual abuse are independent phenomena, but sometimes the same person might develop both behaviours. Several studies have addressed this question by trying to determine the risk that a viewer of child abusive images finally commits sexual offenses against children, thus becoming a dual offender. Subsequently, meta-analyses about this field are especially important. A previous meta-analysis (Babchishin, Hanson, & Hermann, 2011) evidenced an increased presence of protective psychological characteristics and less antisocial ones in child abusive image viewers than in sexual abusers. Thus, child abusive image viewers showed higher level of self-control and empathy, and fewer cognitive distortions, criminal records, and drug addictions, when compared to sexual abusers. A key psychological factor that was found to be relevant for an appropriate analysis and risk management was antisocial behaviour. The presence or absence of antisocial behaviour patterns can act as a facilitator or brake of the behaviour, respectively, leading to an individual committing sexual abuse or not. Considering dual offenders, it is shown that these individuals present a closer profile to abusers than viewers of child abusive images for what concerns antisocial behaviour. Moreover, they have also a higher level of paedophilia, the second psychological factor of importance to consider when profiling sexual offenders. Both factors, paedophilia and antisocial behaviour, were considered to develop the Motivation-Facilitation Model by Seto (2017), through which the author tried to explain why some people sexually abuse children physically and others only download images of sexual abuse of children. The model explains that some people are motivated to have sexual contact with children because of paedophilia and this fact could lead them to view child sexual abuse images. However, only a small percentage of them will finally sexually abuse physically a child because most of them have developed some psychological characteristics (self-control, empathy, etc.) that help them to inhibit their primary impulse. Hence, the presence of some traits in the offender that favour the sexual abuse, such as antisocial behaviour, drug abuse, and access to children, are needed to facilitate sexual behaviour, such that sexual abuse happens. The type of the downloaded images is also a useful factor to assess risk in child sexual abuse. Dual offenders are more likely to be selective regarding the age and gender of the victims when downloading child sexual abuse images, and these characteristics coincide with those of their offline victims (Long, Alison, & McManus, 2013; Mc Manus, Long, Alison, & Almond, 2015). In addition, although the amount of child pornography material gathered by dual offenders is lower, the severity level is found to be at the extremes. That is, either they are extremely grievous (serious sexual assaults) or they are very mild (containing paedophile paraphernalia). Significant association was found between the time they have spent downloading sexual abuse material and the time they have been abusing minors, showing that both crimes are committed in parallel. Similarly, previous studies showed that consumers of child pornography who had performed some type of physical approach to children (grooming, undercover recording, use of webcams, etc.) were 26 times more likely to finally become dual offenders. Finally, the findings shown in the present paper come from research conducted in foreign countries (especially in the United Kingdom and Canada). Hence, it is necessary to be cautious when generalizing the results to our country. It is therefore suggested that this research is replicated in Spain, using a Spanish sample, to see if the findings are the same or are different in some way. Conflicto de Intereses Los autores de este artículo declaran que no tienen ningún conflicto de intereses. Para citar este artículo: Sotoca-Plaza, A., Ramos-Romero, M. y Pascual-Franch, A. (2019). El perfil del consumidor de imágenes de abuso sexual infantil: semejanzas y diferencias con el agresor offline y el delincuente dual. Anuario de Psicología Jurídica, 30, 21-27. https://doi.org/10.5093/apj2019a11 Referencias ECPAT Internacional. (2016a). Orientaciones terminológicas para la protección de niños, niñas y adolescentes contra la explotación y el abuso sexuales. Luxemburgo. Recuperado de http://www.ecpat.org/wp-content/uploads/2016/12/Terminology-guidelines_SPA.pdf |
Para citar este artículo: Sotoca-Plaza, A., Ramos-Romero, M. y Pascual-Franch, A. (2020). El Perfil del Consumidor de Imágenes de Abuso Sexual Infantil: Semejanzas y Diferencias con el Agresor offline y el Delincuente Dual. Anuario de Psicología Jurídica, 30(1), 21 - 27. https://doi.org/10.5093/apj2019a11
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